Los miembros de 'La Manada' ya están libres tras pagar la fianza de 6.000 euros

  • Los primeros fueron los tres que cumplían pena en la cárcel de Pamplona: José Angel Prenda, Jesús Escudero y Angel Boza.
Fotografía La Manada saliendo de prisión
Fotografía La Manada saliendo de prisión
EFE

Los miembros de 'La Manada' salen de la cárcel. Los primeros en hacerlo han sido los tres que cumplían pena en la cárcel de Pamplona, después de haber abonado la fianza de 6.000 euros que exigía el auto dictado por la Audiencia de Navarra según el cual les otorgan la libertad provisional. Hora y media después lo hacían los dos presos en la cárcel de Alcalá.

José Angel Prenda, Jesús Escudero y Angel Boz han salido juntos del edificio, llevando sus pertenencias, se han montado en dos coches que han acudido a recibirles y en ellos han abandonado el lugar a gran velocidad, lo que ha obligado a los periodistas a tener que apartarse. Manuel Guerrero y Jesús Cabezuelo han abandonado en taxi el recinto penitenciario a las 19:30 horas. Los cinco están  condenados a 9 años de prisión por un delito de abuso sexual con prevalimiento sobre una joven madrileña durante los Sanfermines de 2016. Ahora están en libertad provinsional. 

La Manada queda libre
La Manada queda libre / EFE

Los tres primeros han salido juntos del edificio, llevando sus pertenencias, se han montado en dos coches que han acudido a recibirles y en ellos han abandonado el lugar a gran velocidad, lo que ha obligado a los periodistas a tener que apartarse. Los otros dos han abandonado en taxi el recinto penitenciario a las 19:30 horas.

"Teníamos que haber hecho una barricada, no tenían por qué haber salido, tenía que estar todo el mundo aquí" ha dicho a su salida una de las mujeres que se había acercado hasta la cárcel para mostrar su rechazo a la decisión judicial.

Fotografía La Manada saliendo de prisión
José Angel Prenda, Jesús Escudero y Angel Boza dejan la prisión  / EFE

El abogado de cuatro de los cinco miembros, Agustín Martínez, ha confirmado que tienen la intención de ir a Sevilla, donde el lunes deberán personarse en los juzgados por primera vez. Las medidas cautelares les exige personarse en los juzgados de su ciudad los lunes, miércoles y viernes. El auto también impone la retirada del pasaporte, la prohibición de vivir en Madrid -donde reside la víctima- y de acercarse o comunicarse con ella por cualquier medio.

Dejan la cárcel después de que la sección segunda de la Audiencia de Navarra considere que las circunstancias han cambiado y ya no existen los motivos que en su día llevaron a mantenerlos en prisión, como el riesgo de fuga o la reiteración delictiva.

La Manada queda libre
'La Manada' queda libre / EFE

El auto cita en concreto la "insolvencia" de los procesados para "procurarse una fuga eficaz", la falta de amistades o relaciones que pudieran ayudarles a conseguirla, y el "hecho notorio de que han perdido toda capacidad de anonimato".

La sentencia, dictada con el voto discrepante del presidente del tribunal, pide para los cinco acusados una fianza de 6.000 euros para su puesta en libertad provisional.

La sala explica que, además de las características y gravedad del delito imputado y de la pena con que se le amenaza, han de tenerse en cuenta las circunstancias concretas del caso y las personales del imputado, así como el paso del tiempo que modifica estas circunstancias y obliga a ponderar los datos personales y los del caso concreto conocidos en momentos posteriores.

Por ello subraya que el riesgo de fuga vinculado en su día a las altas penas solicitadas "ha perdido notablemente fuerza" con las condenas de 9 años de cárcel dictadas.

Destaca asimismo que "no cabe ahora, por razón de una sentencia condenatoria, negarles" el arraigo familiar y social de todos los condenados, ni tampoco alegar un "riesgo genérico y no concreto", que "las partes acusadoras no han tratado siquiera de reseñar".

Al respecto añade que el riesgo de fuga está "siempre latente" pero en este caso no cabe inferirlo como "posibilidad real y concreta" y, en todo caso, "puede conjurarse más que razonablemente con otras medidas cautelares menos gravosas para la libertad".

De hecho entiende que argumentar tal riesgo solo por la gravedad de los hechos unido a la pretensión de elevar la pena "parece perseguir, en contra de la doctrina constitucional, un fin no legítimo como sería el meramente punitivo o de anticipación de la pena".

En cuanto al riesgo de reiteración delictiva, la sala rechaza como base una causa "sub iudice" abierta en Córdoba contra cuatro de los cinco procesados por hechos similares en la localidad de Pozoblanco, en la que los imputados "han cuestionado además la licitud de las pruebas que dieron inicio a la apertura de investigaciones.

Por otra parte subraya que ninguno de los condenados -a nueve años cada uno por abusos sexuales con prevalimiento ocurridos en los sanfermines de 2016- cuenta con antecedentes penales por hechos como los juzgados en Pamplona.

Tiene en cuenta igualmente la "extraordinarias dificultades" que van a encontrar para una vida normal por la "magnitud" del "rechazo social" que ha generado "la repercusión" que ha tenido el caso y "la presión que ha desatado".

La resolución aborda también el derecho a la intimidad de la víctima y su entorno para poner de relieve la distancia de 500 kilómetros que separan los domicilios de los miembros de La Manada, en Sevilla, con el de su víctima, en Madrid.

En este sentido precisa que esta distancia puede "garantizar la tranquilidad y sosiego de la joven" y cabe adoptar otras medidas "menos gravosas que la prolongación de su situación de prisión provisional", en la que están desde hace dos años.

"Y máxime -concluye el auto- si consideramos que el estatus de preso preventivo es aún más penoso que el que corresponde al penado que inicia el cumplimiento de la sanción firme", que se conocerá una vez resueltos los recursos, recuerdan.

Mostrar comentarios