La policía sigue buscando a 17 fugados del CIE de Aluche

  • Anoche se fugaron 46, de los que ya han sido localizados 29 de ellos.
El Fiscal ve "chocante" el número de inmigrantes en los CIE que piden asilo y cree que lo hacen para evitar su expulsión
El Fiscal ve "chocante" el número de inmigrantes en los CIE que piden asilo y cree que lo hacen para evitar su expulsión
EUROPA PRESS

Un total de 46 internos del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche, en Madrid, se fugaron ayer por la noche de las instalaciones tras forzar la puerta de entrada y la Policía ya ha detenido a 29 de ellos, que están de nuevo en las instalaciones, según la Jefatura Superior de Policía de Madrid.

Los actos ocurrieron poco más allá de las nueve de la noche del día de ayer cuando el CIE alertó a la Policía de que se había fugado un grupo de internos. Se trataba de 46 personas, de nacionalidad argelina, que se encontraban en el patio y que huyeron tras forzar todos juntos la puerta de las instalaciones. En la huida agredieron a dos policías, que sufrieron contusiones leves.

Una vez que se produjo la fuga, la Policía activó el dispositivo de localización en el exterior, acudió la Unidad de Intervención Policial (UIP), los antidisturbios, así como la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) y vehículos de seguridad ciudadana. Aún falta por localizar otros 17, a los que se sigue buscando.

¿Qué es un CIE?

Los CIE son dependientes del Ministerio del Interior y no son cárceles, aunque en ellos se retiene de forma preventiva a los extranjeros que están sometidos a un expediente de expulsión del territorio nacional o a los que esperan que se ponga en marcha su orden de salida.

A pesar de que no tengan carácter penitenciario, el ingreso en ellos impide la libertad de movimientos. No se puede permanecer en ellos más de 60 días. Si pasado el plazo de estos dos meses establecido por Ley los inmigrantes siguen en el recinto, tendrán que ser puestos en libertad. De ahí que varias ONG hayan protestado -como ha sido el caso, entre otras, de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía- y hayan solicitado que se declaren nulas las cláusulas que rigen los CIE, en los que solamente es posible el internamiento si un juez lo ordena.

Los trámites de expulsión pueden comenzar cuando la persona incurra en alguno de estos supuestos: no tener papeles para circular libremente por el territorio español; trabajar sin haber obtenido un permiso de trabajo; estar implicados en actividades contrarias al orden público o a la seguridad interior o exterior del Estado; ocultar al Ministerio de Interior las circunstancias relacionadas con su situación en el país; carecer de medios legales de vida -como ejercer la mendicidad o desarrollar actividades ilegales-; por último, haber sido condenados dentro o fuera de España por un delito sancionado con pena privativa de libertad que sea superior a un año.

¿Cuándo fueron creados?

En el año 1985 la Ley de Extranjería posibilitó la detención y privación de libertad de ciudadanos extranjeros residentes en España. En la actualidad la detención administrativa de extranjeros está regulada por la Ley Orgánica 4/2000 sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La normativa ha sido reformada en numerosas ocasiones, la última por la Ley Orgánica 2/2009.

Hace poco más de un año, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprobaba el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interior de los Centros de Internamiento de Extranjeros.

España cuenta con un total de siete CIE. La media de estancia, según datos oficiales es de 24 días, siendo la mayor en Murcia, con 29 y la de menor duración la de Madrid, con 18. Durante el año 2015 pasaron, según datos del Ministerio del Interior, un total de 6.930 inmigrantes, de los cuales 6.475 fueron hombres y 455 mujeres. Del total de extranjeros que fueron internados en los CIE el 41,42% fueron expulsados de España y el resto quedó en libertad.¿En qué se diferencian los CIE de los CETI.

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