La UE acuerda mejorar los derechos de trabajadores temporales no comunitarios

  • El Parlamento Europeo (PE) y los Estados miembros cerraron hoy un acuerdo para mejorar los derechos sociales y las condiciones de los trabajadores temporales no comunitarios.

Bruselas, 29 oct.- El Parlamento Europeo (PE) y los Estados miembros cerraron hoy un acuerdo para mejorar los derechos sociales y las condiciones de los trabajadores temporales no comunitarios.

La medida, que aún tiene que ser aprobada de forma oficial, incluye exigencias como la fijación de una salario mínimo y el establecimiento de un lugar de alojamiento apropiado.

"Por fin tenemos un acuerdo sobre una directiva que gestiona la migración temporal legal y garantiza la protección de los trabajadores contra la explotación", destacó en un comunicado el eurodiputado británico socialista, Claude Moraes, ponente del informe en la Eurocámara.

En su opinión, será una "herramienta fuerte para garantizar condiciones dignas para los trabajadores con salarios bajos, desalentar subvaloración y beneficiar a los buenos empleadores".

Las nuevas normas no alterarán el derecho de los Estados miembros a decidir sobre el número de trabajadores temporales a los que permiten la entrada.

Los Veintiocho también tendrán la libertad, bajo ciertas condiciones, de ampliar la definición de "trabajo temporal " más allá del concepto tradicional de turismo y trabajo agrícola, a otras actividades como por ejemplo la recogida de fruta.

Los trabajadores no comunitarios que quieran prestar sus servicios de manera temporal en la UE deberán añadir a su solicitud un contrato de trabajo o una oferta firme de empleo, así como una prueba de que tendrán un alojamiento adecuado.

Disfrutarán de los mismos derechos laborales que los trabajadores nacionales de la UE y tendrán derecho a afiliarse a un sindicato, tener acceso a la Seguridad Social, a regímenes de pensiones y a cursos de formación, aunque no podrán optar a la vivienda pública.

Las nuevas normas contemplan límites relacionados con la duración máxima de la estancia que podrá ser de entre 5 y 9 meses en un período de doce meses.

Podrán, no obstante, prorrogar su contrato o cambiar de empleador dentro de ese límite.

Según el acuerdo cerrado hoy, los empleadores que incumplan sus obligaciones serán sancionados y tendrán que indemnizar al trabajador afectado.

El texto acordado tendrá que ser sometido a votación en la comisión parlamentaria de Libertades Civiles el próximo 14 de noviembre y en el pleno en enero.

Si las normas son finalmente aprobadas, los Estados miembros dispondrán de dos años y medio de plazo para adaptar sus legislaciones nacionales.

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