Las Cortes deberán aprobar una ley orgánica para regular la sucesión

    • Así lo establece el artículo 57.5 de la Constitución.
    • "Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica", señala el citado artículo.

(EFE9.  Los Cortes Generales deberán aprobar una ley orgánica para regular el proceso sucesorio en la Corona, como establece el artículo 57.5 de la Constitución.

"Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica", señala el citado artículo.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que ha anunciado la decisión del Rey en una declaración institucional, ha señalado que mañana se reunirá el Consejo de Ministros de manera extraordinaria para tramitar la renuncia de Don Juan Carlos e iniciar la puesta en marcha de la citada norma.

La sucesión del Rey se trata, además, en los artículos 57.1 y 57.2 de la Constitución:

"La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos".

"El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España".

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