Limitado a 10 años el contrato de auditoras con entidades de interés público

  • El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Anteproyecto de Ley de Auditoría de Cuentas, que prevé reforzar la confianza en la información que se divulga y que entre otras medidas, incluye una exigencia de rotación en los contratos con entidades de interés público, que podrá ser solo de diez años.

Madrid, 26 dic.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Anteproyecto de Ley de Auditoría de Cuentas, que prevé reforzar la confianza en la información que se divulga y que entre otras medidas, incluye una exigencia de rotación en los contratos con entidades de interés público, que podrá ser solo de diez años.

Transcurrido este plazo y si se celebra un concurso público, el auditor podrá seguir cuatro años más, siempre que entre otro nuevo, y se realice una auditoría conjunta, dice que la norma.

El Anteproyecto de Ley de Auditoría, aprobado para adaptar la normativa española a la europea, también establece limitaciones en los honorarios que reciben de las entidades de interés público.

Y lo hace mediante dos vías, ya que en el caso de servicios distintos de la auditoría, la retribución no puede superar durante tres o más ejercicios consecutivos el 70 % de la media de los honorarios por servicios de auditoría percibidos durante los tres últimos años.

Por otro lado, por razones de concentración y para evitar la dependencia financiera respecto a una misma entidad, los honorarios de esta no pueden superar en los tres últimos ejercicios, el 15 % del total de sus ingresos.

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