Mantiene la vigencia de las euroórdenes 

Llarena pide al Parlamento Europeo que suspenda la inmunidad de Puigdemont

  • Ratifica también la orden de detención en territorio español para Puigdemont y Comín. Si son arrestados en España no les alcanzaría la inmunidad.
Carles Puigdemont
Carles Puigdemont
Europa Press

El magistrado del Tribunal Supremo que investiga la causa del procés, Pablo Llarena, ha solicitado al Parlamento Europeo que suspenda la inmunidad de Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín teniendo en cuenta que ambos están procesados por delitos de sedición en el marco de su implicación en la deriva soberanista. Esta decisión, que adopta tras escuchar a todas las partes personadas, la toma manteniendo la vigencia de las órdenes nacionales europeas e internacionales que emitió el pasado mes de octubre contra los líderes independentistas tras sustraerse de la acción de la Justicia.

En este sentido, comunica a la autoridad de ejecución de dichas euroórdenes en Bélgica que deje sin efecto los plazos para resolver las entregas hasta que la Eurocámara decida sobre los suplicatorios. Esto implica que, teniendo en cuenta que Puigdemont goza a día de hoy inmunidad en calidad de diputado electo, tendría libertad de movimiento en Europa y no se le podría detener a la espera de que se pronuncie la Justicia europea. Las decisiones del magistrado instructor se producen tras conocer las alegaciones de las partes a las que les preguntó que se pronunciaran sobre el alcance que podría tener en los casos de Puigdemont y Comín la sentencia del TJUE que reconocía la inmunidad de Oriol Junqueras. 

En primer lugar, el magistrado estima los recursos de los líderes independentistas contra las resoluciones de octubre y noviembre en tanto ahora sí reconoce su condición de miembros del Parlamento Europeo y, por tanto, las inmunidades y privilegios que ambos gozan recogidos en el artículo 9 del Protocolo sobre el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Esto quiere decir que el instructor sí da validez a la resolución de la Justicia Europea del pasado diciembre sobre Oriol Junqueras y lo traslada a los casos concretos de los dos fugados por la Justicia que están pendientes de ser juzgados. 

Podrían ser detenidos en España

Sin embargo, aunque les da la razón en lo que respecta a su inmunidad en el ámbito europeo, no hace lo propio en lo relativo a las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención. Sobre este punto el Llarena pide a Bélgica que deje sin efecto los plazos para resolverlas hasta que el Parlamento Europeo decida sobre el suplicatorio, un trámite que podía alargarse varios meses. No obstante, el escenario cambia cuando se trata de España ya que en territorio nacional rige lo expuesto por el Parlamento de cada país y, en este caso, recuerda Llarena que ambos fueron procesados antes de volver a emitir las órdenes el pasado mes de octubre. 

Ello quiere decir que la orden de detención en España sigue vigente y no está condicionada a la petición de suplicatorio o a que se levante la inmunidad que les afecta en calidad de diputados electos en Europa. Para Llarena es clave el hecho de que los dos líderes independentistas fueran procesados antes de volver a activar las órdenes de detención porque, de lo contrario, "implicaría olvidar que la inmunidad protege frente a la apertura de procesos concebidos para alterar y perturbar el normal funcionamiento de la cámara legislativa". Dicho de otro modo, se podrían acoger a su condición de parlamentario europeo para sustraerse de sus cuentas pendientes con la Justicia. 

Cooperación judicial

De hecho, en el auto que Llarena dirige al Parlamento europeo defiende la suspensión de la inmunidad de ambos en tanto los hechos que se les atribuyen por la deriva del procés no guardan relación alguna con las actividades desempeñadas en calidad de europarlamentarios. Esto es, los delitos por los que se les procesó "se centran en una actuación en años muy anteriores en el tiempo a la adquisición de su condición de diputado al Parlamento Europeo", dice Llarena en referencia a la deriva independentista en Cataluña. 

Igualmente el magistrado de la Sala de lo Penal apela al principio de cooperación legal entre Estados, recuerda que existe un "deber recíproco de cooperación leal del Parlamento Europeo" (en este caso con el Tribunal Supremo) y recuerda que los hechos que se les atribuye tanto a Carles Puigdemont como a Toni Comín puede ser constitutivos de delitos de sedición y malversación de caudales públicos. Además, recalca que estos tipos penales, conforme al ordenamiento penal español, tienen un plazo de prescripción más duradero que el periodo parlamentario para el que han sido de plano nombrados. Para finalizar, rechaza de plano la recusación formulada contra él por los líderes independentistas descartando de este modo que vaya a apartarse de lo que resta de instrucción del procés.

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