Llega al juzgado de María Núñez la causa seguida en el Tribunal Supremo contra Chaves y Griñán por el caso ERE

  • La documentación remitida por el Supremo está compuesta por varios miles de folios distribuidos en 12 cajas

La documentación remitida por el Supremo está compuesta por varios miles de folios distribuidos en 12 cajas

SEVILLA, 11 (EUROPA PRES)

El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, cuya titular es la juez María Núñez Bolaños, ha recibido ya por parte del Tribunal Supremo la causa seguida por el caso de los ERE irregulares contra los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y los exconsejeros Gaspar Zarrías y José Antonio Viera, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

Fue el pasado 30 de septiembre cuando la Sala de lo Penal del Supremo se declaró incompetente para seguir investigando la causa seguida contra todos ellos por presunta prevaricación administrativa, una decisión que adoptó tras recibirse comunicación del Congreso de los Diputados sobre la renuncia al escaño del exconsejero andaluz e imputado José Antonio Viera, lo que dejaba la causa sin aforados ya que anteriormente habían dejado de ser parlamentarios tanto Griñán como Chaves y Zarrías.

En consecuencia, el alto tribunal remitió las actuaciones al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla para la unión de lo hasta ahora actuado a las diligencias que aquí se siguen para la investigación de los hechos. En concreto, ha remitido 12 cajas que contienen varios miles de folios de documentación.

Aunque el Juzgado de María Núñez Bolaños remitió al Supremo la mayoría de la documentación en formato digital, el alto tribunal ha devuelto mucha de esta documentación impresa, incluyendo nuevos documentos como son las actas de las declaraciones de los investigados, varios atestados de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y un informe pericial.

El pasado mes de septiembre, cabe recordarlo, la Fiscalía Anticorrupción solicitó a la juez que tomara declaración como imputados a los exconsejeros de la Junta Antonio Ávila, Francisco Vallejo, Manuel Recio y Carmen Martínez Aguayo, todo ello "al haber perdido la condición de parlamentarios andaluces y por tanto su fuero especial", lo que llevó al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a devolver la causa a Sevilla.

Ahora, el Ministerio Público deberá decidir si, de la misma manera, pide a la magistrada que tome declaración en tal condición a Chaves, Griñán, Zarrías y Viera.

PRIVILEGIO PROCESAL

En su auto, el Tribunal Supremo, que admitió la competencia en noviembre de 2014, señalaba que la inmunidad parlamentaria, "como privilegio procesal que es", debe ser interpretada con carácter taxativo y restrictivo.

Además de acreditar la renuncia como diputados de Chaves, Zarrías y Viera, y tras dejar Griñán su escaño en el Senado, el Tribunal Supremo tuvo en cuenta la norma establecida por la propia Sala de lo Penal en diciembre pasado para que el auto de apertura de juicio oral sea el que determine si un caso ya sin aforados termina juzgándose o no por el Supremo. En este procedimiento aún no se había llegado a este punto, por lo que la causa se remitió a Sevilla.

Durante la tramitación de este asunto en la Cámara Alta, prestaron declaración, además de los cuatro exaforados citados con anterioridad, la exconsejera Mar Moreno, también senadora y respecto de la cual se archivaron las actuaciones. Todos ellos negaron tener responsabilidad y ni siquiera conocimiento del reparto de las ayudas sociolaborales investigadas.

RESPONSABILIDAD DE AFORADOS

El pasado 25 de junio, el intructor del caso, el magistrado Alberto Jorge Barreiro, acordó proceder contra los expresidentes andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves al estimar que existen indicios de que pudieron incurrir en un delito de prevaricación administrativa.

El juez abrió una doble vía, instando por un lado el suplicatorio de Chaves y de los también aforados José Antonio Viera --al que también imputa malversación de fondos públicos-- y Gaspar Zarrías, ambos diputados, y dejando fuera del procedimiento a la exconsejera y senadora Mar Moreno, en la que no encontró delito.

Por otro lado, y tras perder Griñán su condición de aforado, el instructor elevó a través de su auto los indicios recabados en su contra y solicitó que, por razones de conexidad, siguiera siendo enjuiciado junto con el resto de aforados. Todos estos documentos han llegado ahora al juzgado sevillano.

En ambos documentos, el instructor analizaba el sistema establecido durante diez años, de 2000 a 2010, para conceder ayudas sociolaborales a empresas y particulares por parte de la Junta de Andalucía.

El juez relató en sus escritos cómo el sistema legal de subvenciones se fue modificando para convertirse con el paso del tiempo en la figura de transferencias de financiación, con una ausencia del control propio de las subvenciones.

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

Además de detallar la mecánica establecida para conceder las ayudas socio laborales, el juez recogía las 22 modificaciones presupuestarias que se aprobaron a lo largo de estos años y que resultan relevantes para configurar el delito de prevaricación.

Esas modificaciones presupuestarias fueron arbitrarias ya que, según Jorge Barreiro, "se estaba haciendo un ejercicio arbitrario del poder que tenían atribuido, como integrantes del consejo de gobierno, poder que se desviaba hacia unos objetivos que tenían un componente claramente ilícito, por el sistema arbitrario aplicado". Es decir, se realizaba un aporte sustancial de dinero para pagar subvenciones ilegalmente concedidas.

El magistrado también cuestionaba el desconocimiento que esgrimieron los distintos aforados cuando comparecieron en el Tribunal Supremo y recordaba que se ha investigado una estructura "claramente jerárquica y piramidal".

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