Los telespectadores celebran la sentencia europea que condena a españa por incumplir la legislación sobre publicidad


La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) y la Agrupación de Telespectadores y Radioyentes (ATR) expresaron este jueves su satisfacción ante la sentencia del Tribunal de la Unión Europea que condena a España por incumplir la Directiva de Televisión sin Fronteras en materia de publicidad.

Usuarios de la Comunicación señaló, en un comunicado, que la sentencia confirma que el incumplimiento de la Directiva por parte de la Administración es "aún más sangrante" si se tiene en cuenta que la ley española que incorporaba dicha norma al ordenamiento jurídico español era en realidad más restrictiva que la legislación europea en lo relacionado con el tiempo que deben dedicar las televisiones a publicidad.
"El problema radica en que la interpretación de esa ley por parte del Ministerio de Industria conculcaba el espíritu de la Directiva y de la propia norma española al dar a determinados anuncios publicitarios un tratamiento especialmente favorable, como si se tratara de otras formas de comunicación comercial distintas a los 'spots'", indicó.
La AUC pidió que se tenga en cuenta esta sentencia para evitar casos similares en el marco de la nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual, como que se haga "una lectura demasiado laxa que lleve a incumplir el espíritu tanto de la Ley 7/2010 como de la nueva Directiva de la Comunicación Audiovisual".
Por su parte, la Agrupación de Telespectadores y Radioyentes considera que la sentencia es "acertada" porque ayuda a distinguir entre publicidad pura y publicidad encubierta. "A nadie se le escapa que los publireportajes, las telepromociones, los patrocinios publicitarios, etcétera, son una forma de publicidad, distinta al spot habitual y directo, pero publicidad a fin de cuentas", manifestó.
En una nota de prensa, la ATR dejó claro que no es contraria a la publicidad, puesto que es una fuente de ingresos sin la cual sería imposible que una televisión privada pudiera financiarse, pero pidió que se cumpla la ley y que "alguien con autoridad distinga la publicidad de la publicidad encubierta".
En su opinión, la sentencia tiene de positivo que penaliza a quien debe vigilar para que se cumpla el tiempo establecido por la ley para emitir publicidad por hora de programación, es decir, que declara responsable al Estado español.

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