Los premios inferiores a 2.000 euros por décimo se pueden cobrar el día del sorteo

  • La novedad de este año respecto al anterior es que la cantidad del dinero que se puede cobrar de forma inmediata por décimo baja.
Administración de lotería
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El Gordo de la Lotería de Navidad ya está aquí y la diosa Fortuna ha querido que sea muy repartido. El número 03.347 ha sido agraciado con el primer premio dotado con cuatro millones de euros por serie (400.000 euros por décimo). El número ha estado muy repartido por todo el país, pero la mayoría de los décimos han sido vendidos en Cuenca, Bilbao, Gernika (Vizcaya) y Huesca. Como novedad, si el premio es inferior a 2.000 euros por décimo se pueden cobrar exclusivamente en uno de los casi 12.000 puntos de venta de la red comercial a partir de la tarde del 22 de diciembre, cuando finalicen tanto las verificaciones de los números extraídos como los procesos informáticos. 

Si el premio acumula un importe igual o superior a 2.000 euros, se cobrará en las entidades financieras autorizadas. El pago deberá ser inmediato, con la única tardanza de la verificación de dicho premio a través de nuestra pasarela de pago. No obstante, las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio sin recabar de los perceptores de los premios la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o de cualquier otra índole que resulte de aplicación.

Este año el Gordo es más gordo: los ganadores de esta Navidad cobrarán un importe neto de 322.000 euros (frente a los 320.500 del Sorteo del año pasado), debido a que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 fijó el pasado mes de julio el mínimo exento del gravamen en 10.000 euros para los premios derivados de sorteos celebrados desde la entrada en vigor de la norma hasta el 31 de diciembre de 2018 (el mínimo será 20.000 euros para premios derivados de sorteos celebrados en el año 2019 y 40.000 euros para premios derivados de sorteos celebrados en el año 2020).

El derecho al cobro de los premios de Lotería de Navidad caduca a los tres meses, contados a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo. Es decir, que se pueden presentar al cobro los décimos o resguardos premiados de Lotería de Navidad hasta el 22 de marzo de 2019, inclusive.

En el caso de que se posea una participación de un número premiado, deberán dirigirse a la entidad emisora de dicha participación para proceder al cobro de premios. Si el décimo o resguardo premiado está deteriorado el cliente debe personarse en un punto de venta de Loterías, cumplimentar el formulario “Solicitud de Pago de Premios”, firmarlo y aportar el décimo o resguardo deteriorado, que será remitido a Loterías para su autenticación.

Si el décimo se comparte, hay que identificar a todos los participantes a la hora de cobrar los premios iguales o superiores a 2.000€. Si el décimo ha sido sustraído es recomendable presentar denuncia ante las autoridades competentes. Si dicho décimo resultara premiado, el cliente puede personarse en un juzgado con la denuncia para que se inicie el proceso correspondiente.

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