Retira la prohibición anterior

Madrid se echa atrás: permite reuniones de seis personas en el toque de queda

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó las nuevas restricciones para la región, adaptándose al nuevo decreto del estado de alarma para frenar la propagación de contagios.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso durante la rueda de prensa conjunta con el vicepresidente Ignacio Aguado tras el Consejo de Gobierno de Madrid este miércoles.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso durante la rueda de prensa 
EFE/ Fernando Villar

La Comunidad de Madrid retira la prohibición a las reuniones de no convivientes tras la declaración del estado de alarma. El decreto regional sustituye la limitación anterior por el toque de queda nocturno, que no se denomina oficialmente como tal, y permite las reuniones de convivientes y no convivientes estableciendo condiciones para que se desarrollen: no deben ser más de seis personas y no deben movilizarse entre las 0.00 y las 6.00 horas. Según ha adelantado 'El Mundo', la restricción queda suspendida por la declaración del estado de alarma.

Fuentes de la Consejería de Sanidad han confirmado que hasta seis personas se pueden reunir entre medianoche y las 6.00 de la madrugada, y han señalado que la retirada de su medida responde a la necesidad de ajustarse al Real Decreto del estado de alarma, que también contempla situaciones en las que podrían movilizarse durante la franja en la que se limita el movimiento.

El decreto de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, por el que se establecen las medidas adoptadas por el Real Decreto del Estado de alarma fija la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, desde las 0.00 hasta las 6.00 horas, periodo durante el cual no se puede salir a la calle para desplazarse ni a pasear. Con esta restricción se pretende contener la multiplicación de infecciones causadas por la Covid-19 luego de que se comprobara que alrededor de 80% de los contagios se dan en ambientes familiares y entre amigos.

También apuntan que las medidas de prevención y contención adoptadas por la Consejería de Sanidad previamente en el ejercicio de sus competencias como autoridad sanitaria "continuarán vigentes y producirán los efectos previstos en ellas, siempre que resulten compatibles con lo dispuesto en este decreto". 

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó este lunes el nuevo decreto en el que se detallan las nuevas medidas restrictivas adaptadas a la declaración del estado de alarma que inició este domingo. También se contempla que para la festividad de Todos los Santos se flexibilizarán las limitaciones para que la población pueda ir a los cementerios, incluso si se encuentran en áreas con limitaciones.

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