La magistrada Carmen Barrero instruirá la recusación del juez de los ERE

  • Una vez concluya la instrucción y emita su propuesta, una Sección de la Audiencia de Sevilla decidirá si Pedro Izquierdo continúa como ponente
EUROPA PRESS

La juez de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla Carmen Barrero Rodríguez será la encargada de instruir la recusación promovida por Manos Limpias y PP-A contra el magistrado Pedro Izquierdo, que fue secretario general para la Justicia de la Junta entre 2008 y 2014 y que ha sido designado como ponente del juicio contra los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán por la 'pieza política' de los ERE fraudulentos.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha informado en un comunicado de que el presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, Damián Álvarez, ha comunicado en la mañana de este viernes a la magistrada Carmen Barrero Rodríguez que, por turno de escalafón, es a la que corresponde instruir la recusación presentada contra Pedro Izquierdo.

Una vez la magistrada concluya la instrucción y emita su correspondiente propuesta, la encargada de resolver la recusación será otra Sección de la Audiencia de Sevilla, en concreto la Tercera o la Séptima, ya que la Cuarta está descartada porque la instructora pertenece a la misma y la Primera tampoco puede resolver al formar parte de ella el juez recusado.

El magistrado Pedro Izquierdo ha rechazado abstenerse como ponente del juicio pero ha solicitado a la Audiencia Provincial de Sevilla que valore la "perturbación" generada en la actividad "ordinaria" del tribunal tras las recusaciones planteadas por Manos Limpias y PP-A.

En un informe, consultado por Europa Press, el magistrado considera "procedente" que sea la Sala a la que corresponda conocer de los incidentes de recusación la que, "valorando todas las circunstancias expuestas por las partes personadas y en este informe, resuelva lo que considere procedente".

Todo ello "incluso frente a mi percepción subjetiva de poder ejercer de forma responsable mis obligaciones profesionales como presidente de la Sala y ponente", expone el juez Pedro Izquierdo en el informe.

Izquierdo advierte de que, a raíz de ambas recusaciones, "no sólo se ha visto ya perturbado el sosiego y tranquilidad con la que como ponente debería haber comenzado a abordar el estudio de las actuaciones para su posterior enjuiciamiento con la Sala, sino también, el que como consecuencia de la forma de cuestionar" su inclusión en el tribunal, "se ha visto éste también afectado, al proyectarse de forma persistente una sospecha generalizada sobre si concurrirían las garantías necesarias para afrontar la celebración del juicio".

"Es cierto que mi continuidad en el tribunal conociendo del procedimiento va a suponer el tener que afrontar por mi parte un reto de abstracción de todo lo sucedido que, aunque vencible, pudiera pensarse que de no lograrlo podría implicar un riesgo de que el enjuiciamiento de las conductas investigadas no se llevara a efecto de forma adecuada, no sólo respecto a las pretensiones de los recusantes sino también en cuanto a las planteadas por los encausados y encausadas", admite.

RECHAZA ABSTENERSE

Asimismo, considera que "lo que ha venido sucediendo ha implicado ya una perturbación en la actividad ordinaria del Tribunal y puede que del interés superior de la Justicia, en cuanto debe impartirse en un contexto de plenas garantías, entre las que también es importante la plena confianza, aun subjetiva, de que estas concurran, lo que de forma legítima ha sido cuestionado" por los recusantes.

El magistrado, además, alude a los dos escritos presentados por la Fiscalía Anticorrupción en los que se opone a la recusación pero le pide que analice si como alto cargo pudo conocer procedimientos administrativos similares a los que se van a enjuiciar, y pone de manifiesto que no ha tenido "ningún conocimiento del objeto del litigio que no fuera el general que pudiera tener el sector de la población interesada en estar informada".

Además, y en cuanto a la primera de las causas alegadas, 'amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes', el juez señala que, "al tiempo de ser nombrado ni conocía ni tenía relación de ningún tipo con los encausados o encausadas", y dice entender que su nombramiento por parte del Consejo de Gobierno "sólo pudo estar motivado" por su trayectoria profesional.

"No puedo aceptar esta causa de recusación, pues ni me une ni me ha unido ninguna relación con las partes personadas que pueda llegar a calificarse como íntima, ni considero que pueda entenderse que como consecuencia de mi nombramiento y renovación en la Secretaría General para la Justicia tenga que tener un especial sentimiento de agradecimiento por la relación de confianza que se dice me ha vinculado con algunos de los encausados por estas circunstancias", asevera.

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