El 70% de las mediaciones con menores infractores hechas en Andalucía se resuelve sin necesidad de llegar a juicio

EUROPA PRESS

El 70 por ciento de las mediaciones realizadas en Andalucía durante 2015 con menores infractores se resolvió de forma positiva y se evitó así que el caso tuviese que ser resuelto en un juicio, gracias al programa que promueve la Consejería de Justicia e Interior para impulsar este mecanismo de resolución extrajudicial de conflictos como método de reeducación.

En total, la Junta promovió durante el pasado año un total de 1.942 mediaciones con menores infractores, 1.373 de ellos chicos y 569 chicas. Por tramos de edad, la mayoría de los beneficiarios de este sistema de resolución extrajudicial son menores de entre 16 y 17 años, que representan el 52 por ciento, seguidos de los 14 y 15 años --41 por ciento--, mientras que los que han llegado a los 18 años suponen el 7 por ciento.

Según ha informado en un comunicado el departamento que dirige Emilio de Llera, el balance anual de la Consejería de Justicia e Interior refleja que, mientras el 70 por ciento de las mediaciones llevadas a cabo en 2015 con menores infractores se resolvieron satisfactoriamente, el 18 por ciento seguía en tramitación para buscar un acuerdo entre las partes y sólo el 12 por ciento resultó inviable.

De las mediaciones resueltas, el 49 por ciento se saldó con una reparación del daño causado por el menor infractor, el 27 por ciento con un acto de conciliación y una reparación, y el 24 por ciento únicamente con una conciliación.

Los profesionales de los equipos de menores inician el proceso de mediación con el fin de que el infractor se responsabilice de las consecuencias de su delito o falta, comprenda el mal que haya causado, pida perdón a la víctima y repare el daño causado con las medidas que en cada caso se establezcan para ello.

Este tipo de soluciones extrajudiciales responden a una finalidad educativa y socializadora basados en la prevención general. Además, la mediación conlleva múltiples beneficios como el ahorro de costes y de tiempo, ya que en cuestión de meses se pueden solucionar muchos conflictos por esta vía frente a la tardanza que conlleva un proceso judicial.

Igualmente, resulta fundamental el valor de participación de las partes en litigio, lo que refuerza la solución alcanzada, al haber sido acordada y compartida, motivo de una mayor satisfacción que una sentencia impuesta por un juez.

La función del mediador no es, sin embargo, resolver el conflicto, sino conducir el proceso técnicamente para modelar la negociación. Estos profesionales no solamente informan y observan, sino que preparan también a las partes para el encuentro, introduciendo elementos de reflexión que posibiliten el acercamiento y el acuerdo.

El fomento de la mediación como sistema de resolución extrajudicial de conflictos es una prioridad para el Gobierno andaluz, ya que contribuye a mitigar la alta litigiosidad en la Administración de Justicia y puede ofrecer una respuesta más rápida y práctica para las partes implicadas.

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