Proyecto de Ley

Moncloa plantea un máximo de 75.000 euros por asunto para los procuradores

Establece el acceso único a las profesiones de abogado y procurador, de manera que se exigirá el mismo título académico, el grado en Derecho, y el mismo máster de capacitación.

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo
EFE

El Consejo de Ministros ha aprobado un proyecto de Ley que rebaja de 300.000 a 75.000 euros la cuantía máxima que puede recibir un procurador por un asunto judicial, establece un acceso único a las profesiones de abogado y procurador y permite la creación de sociedades profesionales mixtas.

Desde el Gobierno defienden que se trata de "una regulación particularmente relevante para abogados y procuradores", pues acomoda la legislación española a las exigencias del derecho europeo en lo referente al acceso y a las condiciones del ejercicio de esas profesiones, y, especialmente, a la interacción entre ambas.

Esto es así, señala el Ejecutivo, porque se da respuesta a las objeciones que la Comisión Europea formuló respecto del modelo vigente del ejercicio de la procura en España, que llevó a que hace cuatro años se abriera un procedimiento de infracción al respecto.

Así, la norma establece el acceso único a las profesiones de abogado y procurador, de manera que se exigirá el mismo título académico, el grado en Derecho, y el mismo máster de capacitación, con la salvedad de que ambas profesiones no podrán ejercerse simultáneamente.

Se permiten, además, las sociedades profesionales mixtas. De esta forma se podrán prestar en un mismo despacho profesional todos los servicios jurídicos necesarios para comparecer ante los tribunales.

Y se limita a 75.000 euros la cuantía total que un procurador puede devengar por un mismo asunto, frente a los 300.000 actuales, al tiempo que se eliminan los límites mínimos.

La propuesta del Gobierno, que ha remitido al Congreso, modifica tres textos legislativos relacionados con el ejercicio de la Abogacía y la Procura, estas son la ley sobre el acceso a sendas profesiones, así como determinadas disposiciones de la ley de sociedades profesionales, y el real decreto por el que se amplía la vigencia de determinadas medidas económicas de carácter temporal.

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