Ganan las madres: Montero paga el IRPF a todas las que reclamaron antes del fallo

  • Hacienda rectifica su criterio y se compromete a estudiar el 100% de los casos, incluso los que iniciaron la vía administrativa antes de 2014.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en el Ministerio / EFE
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en el Ministerio / EFE

Las madres y los padres a los que Hacienda estaba denegando la devolución del IRPF que tributaron por sus prestaciones de maternidad y paternidad por reclamarlo antes de la sentencia del Tribunal Supremo que las dejó exentas han ganado la batalla: en una reunión celebrada hoy en el Ministerio, la propia María Jesús Montero les ha comunicado que les devolverán los impuestos indebidamente retenidos. "Nadie entendería que precisamente las madres que reclamaron primero ese derecho quedaran ahora fuera del grupo de beneficiarios", ha justificado la ministra al término del encuentro.

Ha sido necesario un informe de la Abogacía del Estado para superar los obstáculos legales, según ha explicado Montero en rueda de prensa. Finalmente se ha interpretado que todos los afectados tienen derecho a devolución. Y no solo los que cuentan con denegaciones firmes sobre las prestaciones percibidas en los años 2014, 2015, 2016 y 2017 (los no prescritos a efectos de rectificación de la declaración de la renta) sino a todos los que hayan reclamado en años anteriores en los que eventuales recursos interpuestos por los contribuyentes hubiesen interrumpido la prescripción el tiempo suficiente como para que aún no se hubiesen cumplido los cuatro años de prescripción que marca la Ley General Tributaria, según aclara el Ministerio en una nota.

Los servicios jurídicos del Ministerio de Hacienda han concluido que el Real Decreto de diciembre que fijó la exención de las prestaciones permite la devolución a madres y padres con resolución o sentencia firme denegatoria previa al fallo del Supremo. Se estima que esta decisión puede beneficiar a más de 8.000 contribuyentes, incluyendo a los funcionarios, y en total las devoluciones costarán en torno a otros 11 millones de euros, que se suman a los 960 millones que ya se han devuelto en el procedimiento habilitado para todos los padres y madres con prestaciones desde 2014.

Hacienda cursará hoy mismo una orden a la Agencia Tributaria para que adopte el nuevo criterio. Los beneficiarios que se encuentren en esa situación deberán utilizar el formulario electrónico de solicitud de la devolución para los años 2014 a 2017 que está disponible en la web de la AEAT, mientras que si se trata de años anteriores no prescritos deberán presentar una solicitud ordinaria por registro electrónico o presencialmente en las oficinas.

De esta manera, el ministerio destaca que "desaparece cualquier posible discriminación". Es decir, todas las madres y padres que cobraron la prestación a partir de 2014 tendrán derecho a la devolución con independencia de si presentaron o no una reclamación previa a la sentencia. Además, en algunos supuestos, el hecho de haber presentado una solicitud previa puede suponer una ventaja en la medida en que si se detuvo la prescripción es posible ahora cobrar la prestación de ejercicios anteriores a 2014.

"Estamos muy contentos", comentan a La Información desde la Asociación de Afectadas y Afectados por el IRPF de Maternidad y Paternidad al término de la reunión. "Hemos salido con muy buenas sensaciones", celebran, tras haber conversado con una ministra "muy comprometida con nuestra situación". Si bien la presidenta de la asociación, Eli Fernández, recuerda que quedan por resolver los casos de las Haciendas forales. "Esperemos que adopten el criterio de la Hacienda estatal", auguran.

La presión... y el cambio de opinión de la ministra

La ministra ha cedido así a la presión que lleva ejerciendo este colectivo desde hace meses. Los técnicos del Ministerio (Gestha) trasladaron a Montero ya en octubre la necesidad de buscar una solución para estos contribuyentes envueltos en un embrollo administrativo que les impedía cobrar el IRPF que les fue retenido de manera indebida. Pero entonces, Montero, que ya había sido generosa al ampliar el criterio del alto tribunal a los padres, los funcionarios y los que cotizan a través de mutualidades, se negó a contemplar modificaciones legales para atender la demanda de estos padres y madres amparándose en la prevalencia de la seguridad jurídica sobre el derecho a la igualdad.

Después, tras varios meses de apariciones de las afectadas (sobre todo son mujeres, aunque en la asociación también hay padres) en los medios de comunicación y de una gran difusión de su situación por las redes sociales, la titular de Hacienda cambió de parecer y en declaraciones recientes a la prensa manifestó su compromiso con estos más de seiscientos afectados. Aseguró que no tiene "ningún sentido" que estas madres que fueron pioneras en reclamar su IRPF no vayan a cobrarlo. 

SABER MÁS

¿Qué dice la sentencia del Supremo?

El Tribunal Supremo zanjó en octubre de 2018 el eterno debate con Hacienda al establecer que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del pago del IRPF. En su sentencia, que confirmó una del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de junio de 2017, el alto tribunal consideró que la prestación por maternidad a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social puede incardinarse en el supuesto previsto en el párrafo tercero letra h del artículo 7 de la Ley del IRPF, cuando dispone que “igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad” y estableció como doctrina legal que "las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas". Después, el Ministerio de Hacienda amplió el criterio del Supremo a las prestaciones de paternidad y a las percibidas por los funcionarios y los que cotizan a través de mutualidades.

Hay que recordar que estas madres siguieron la estela del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a partir del verano de 2017 y, animadas en su mayoría por organizaciones sindicales, consideraron que sus prestaciones de maternidad y paternidad debían estar exentas de tributación, y así lo reclamaron a la Agencia Tributaria. Entonces, la devolución de su IRPF les fue denegada y, al contar con actos administrativos firmes, se quedaron sin posibilidad de exigirlo después, cuando el pasado mes de diciembre Hacienda habilitó el procedimiento para que todos los padres y madres con prestaciones disfrutadas entre 2014 y 2017 pudieran pedirlo. Ahora han encontrado solución y recibirán los importes indebidamente retenidos más los intereses de demora generados, en igualdad de condiciones.

Mostrar comentarios