Mutua madrileña no tendrá que pagar la indemnización de 21 millones a su expresidente


El Tribunal Supremo ha fallado a favor de Mutua Madrileña en el recurso de casación que la compañía interpuso contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, por lo cual no tendrá que hacer frente a la indemnización de 21 millones de euros a su expresidente José María Rodríguez Pomatta.
Según informó la compañía, a raíz de la decisión del Consejo de Administración de Mutua Madrileña, a comienzos de 2008, de renunciar a cualquier derecho a pensión o beneficio de previsión social, el expresidente, Ramírez Pomatta, promovió un pleito con el objetivo de reclamar una pensión indemnizatoria de más de 21 millones de euros.
Ante ello, el Consejo de Administración de Mutua Madrileña decidió en 2008 no atender la reclamación al considerarla “injustificada y desproporcionada”. En septiembre de 2010 Mutua Madrileña obtuvo una sentencia de primera instancia
del juzgado de lo mercantil nº 11 de Madrid, favorable a sus intereses, que desestimó las pretensiones de José María Ramírez Pomatta.
Además, el Juzgado condenó al demandante a pagar las costas del juicio. Ramírez Pomatta interpuso entonces un recurso de apelación solicitando de nuevo la estimación de su demanda.
Así, en febrero de 2012, la Audiencia Provincial de Madrid dictó una sentencia que estimaba parcialmente la petición y condenaba a la entidad a pagar al demandante una suma de 14 millones de euros, frente a los 21 millones de euros reclamados.
No obstante, la resolución de la Audiencia incluía el voto particular de uno de los tres magistrados en el que mostraba su desacuerdo con la misma, indicando que la sentencia anterior era correcta.
Mutua decidió entonces recurrir al Tribunal Supremo. Por su parte, Ramírez Pomatta también recurrió la sentencia reclamando nuevamente los 21 millones de euros iniciales.
El Alto Tribunal estima que el comportamiento del expresidente de Mutua "constituye un abuso de derecho".
En este sentido, el actual presidente de Mutua Madrileña, Ignacio Garralda, siempre había manifestado que la pretensión de Ramírez Pomatta debía rechazarse desde el punto de vista jurídico y que, por tanto, no procedía su abono, salvo que los tribunales decidiesen otra cosa en resolución firme.

Mostrar comentarios