No consideran agravante de género una agresión a su exmujer y le rebajan la pena

  • Fue agredida con un cuchillo cuando fue al domicilio del hombre para entregarle a sus hijos, de uno y seis años, cumpliendo con el régimen de visitas.
La Policía ya investiga la muerte del hombre aparecido en Málaga.
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rebajado un año y cinco meses la pena de prisión impuesta a un hombre condenado por amenazar e intentar matar a su mujer en presencia de sus hijos menores al no apreciar agravante de género y la fija en 8 años y nueve meses de cárcel.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL ha estimado parcialmente el recurso del agresor al no apreciar el agravante de género que sí consideró la Audiencia Provincial de Palencia en una sentencia en la que le impuso 10 años y dos meses de cárcel (8 años y medio por un delito de tentativa de homicidio y 20 meses por amenazas graves).

De esta forma, el fallo de la Sala revoca la sentencia de la Audiencia en lo que se refiere a la aplicación de la agravante de género, dejándola sin efecto y, en consecuencia, la modifica, condenando al acusado a 8 años y nueve meses (quince meses por el delito de amenazas graves y de siete años y seis meses por el delito de homicidio intentado).

Los hechos ocurrieron en febrero 2017, cuando el hombre, de 37 años, agredió a su expareja con un cuchillo para abrir ostras en la calle y en presencia de sus hijos menores, cuando esta acudió al domicilio del hombre para entregarle a sus hijos, de uno y seis años, cumpliendo con el régimen de visitas.

Como la mujer no se atrevió a salir del coche en el que llevaba a sus dos hijos porque unos días antes la había amenazado con matarla por no querer entregárselos, el condenado fue hacia el vehículo, abrió la puerta de la conductora y "le propinó cinco pinchazos de entre uno y dos centímetros con un cuchillo abre ostras". El ataque cesó al intervenir un vecino que se enfrentó al condenado mientras este decía "la tengo que matar".

Al oír los gritos salieron varios clientes de un bar cercano lo que provocó la huida del hombre que fue perseguido y alcanzado por dos personas que lograron detenerlo, por lo que sacó del bolsillo de la chaqueta el cuchillo que llevaba y empezó a lesionarse.

La Audiencia Provincial de Palencia le condenó a diez años y dos meses de prisión por un delito de amenazas y otro de homicidio en grado de tentativa cometidos contra su ex pareja.

Ahora, según la Sala del TSJCyL, la sentencia de la Audiencia Provincial de Palencia "consideró indebidamente probado que la insistencia mostrada por el acusado y dirigida a ver a la víctima resultaba enmarcada en un carácter posesivo y controlador hacia la mujer que ya había sido expresado a lo largo de su relación y que se enmarcaba en una idea de dominio y superioridad machista". Para el TSJCYL, "de las pruebas practicadas no se revela, ni siquiera indiciariamente ese extremo".

Según la sentencia queda probado que la agresión y las previas amenazas sufridas por la recurrente son "el corolario de un enfrentamiento con el acusado, con el que mantenía una tormentosa relación" que les llevó a separarse en dos ocasiones. Además señala que los desencuentros perduraron tras la separación ya que la mujer se negaba a que él viese a sus hijos más allá de lo estipulado.

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