Prisión permanente para el asesino de Pioz: va a estar al menos 25 años sin salir

  • La magistrada-presidenta del juicio con Tribunal del Jurado del llamado Caso Pioz, Elena Mayor, ha realizado la lectura pública de la sentencia.
Imagen institucional de la Audiencia Provincial de Guadalajara del brasileño Patrick Nogueira (EFE)
Imagen institucional de la Audiencia Provincial de Guadalajara del brasileño Patrick Nogueira (EFE)

Patrick Nogueira, el joven brasileño acusado de asesinar a sus tíos, de 39 años, y a sus primos de 1 y 4 años en Pioz (Guadalajara) ha sido condenado a prisión permanente revisable. Durante el juicio, el autor confeso de los crímenes de Pioz pidió perdón en su turno de última palabra: "He causado demasiado daño e hice sufrir a gente a la que tengo mucho cariño pero yo también sufro", señaló, para agregar que quiere "cambiar".

La defensa de Nogueira solicitaba 25 años de cárcel alegando daño cerebral y arrebato, mientras que las acusaciones coincidían en solicitar prisión permanente revisable por las cuatro muertes a excepción del Ministerio Fiscal, que pedía 20 años por cada una de las muertes de los dos adultos.

La magistrada-presidenta del juicio con Tribunal del Jurado del llamado Caso Pioz, María Elena Mayor Rodrigo, ha realizado la lectura pública de la sentencia tras el juicio celebrado contra Patrick Nogueira en el que fue declarado culpable de asesinato con intencionalidad, ensañamiento con los menores y sin considerar ningún atenuante.

La magistrada ha sentenciado al acusado a 25 años de prisión por el asesinato con alevosía de su tía Janaina y a tres condenas de prisión permanente, dos por los dos asesinatos con ensañamiento y por su especial vulnerabilidad en el caso de los niños, y una tercera por el asesinato de su tío Marcos. En el caso del tío, se ha considerado un asesinato con alevosía, pero se ha fijado la pena de prisión permanente revisable, ya que el acusado ha sido condenado a más de tres asesinatos y ya se considera como un asesinato múltiple, lo que también está castigado con prisión permanente revisable.

La sentencia también recoge una indemnización para los padres de los tíos asesinados de 120.000 euros y de 18.000 euros para cada uno de sus hermanos, ascendiendo a 24.000 en el caso de la hermana menor de Janaina. El acusado ha escuchado la sentencia por videoconferencia desde prisión y no ha mostrado ninguna reacción al conocer su condena. Según la sentencia, se considera probado que las cuatro muertes fueron asesinatos al considerar la alevosía e intencionalidad y estima que la víctimas no tuvieron posibilidad de defensa, así como el ensañamiento al matar a Janaina en presencia de sus hijos.

Los hechos ocurrieron el 17 de agosto de 2016, cuando Patrick Nogueira acudió al chalé de Pioz donde vivía su tío, Marcos Campos, la mujer de éste, Janaina Santos, ambos de 39 años y procedentes de Brasil, y sus dos hijos, de 1 y 4 años, y acabó con la vida de toda la familia. A los dos adultos los mató, descuartizó y metió en bolsas de plástico. A los dos niños, tras asesinarlos, los guardó también en bolsas de plástico.

Los cuerpos sin vida de los cuatro miembros de la familia no fueron descubiertos hasta un mes después, en concreto el 17 de septiembre de 2016, cuando un empleado de mantenimiento alertó a los vigilantes de seguridad de la urbanización del mal olor que procedía de la vivienda.

Quinto caso en el que se aplica la prisión permanente

La sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara que ha condenado a prisión permanente revisable a Patrick Nogueira es la quinta que se dicta con la máxima pena privativa de libertad que contempla el Código Penal español. Hasta la fecha, la prisión permanente revisable sólo se ha aplicado en otros cuatro casos.

La primera vez fue la que se impuso el 6 de julio de 2017 a David Oubel, conocido como "el parricida de Moraña" (Pontevedra), a quien un jurado declaró culpable del asesinato de sus dos hijas, a las que había matado brutalmente en 2015 usando una sierra eléctrica y un cuchillo de cocina, después de haberlas drogado.

La segunda condena se dictó en Canarias el 23 de marzo de 2018 cuando la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condenó a un joven de 24 años a quien un jurado había declarado culpable por unanimidad de asesinar con ensañamiento al abuelo de su exnovia.

La tercera, fue la impuesta por la Audiencia Provincial de Álava el 26 de septiembre de 2018 a un hombre que asesinó a una bebé de 17 meses en 2016 en Vitoria, tras lanzarla por una ventana en la madrugada del 25 de enero de 2016. El parricida intentó a su vez asesinar a la madre, una joven de 18 años a la que había conocido semanas antes a través de internet.

La cuarta sentencia la dictó la Audiencia Provincial de A Coruña, el 17 de octubre de este mismo año contra un hombre acusado de dar muerte en el municipio de Oza-Cesuras (A Coruña) a su hijo de 11 años en mayo de 2017.

La prisión permanente revisable se aplica en casos de terrorismo, pero también para asesinatos en los que la víctima sea menor de dieciséis años de edad o cuando se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. También para asesinatos derivados de delitos contra la libertad sexual o por asesinatos cometidos por miembros de un grupo u organización criminal o asesinatos reiterados o en serie, además de casos de genocidio o de lesa humanidad. Acarrea el cumplimiento íntegro de entre 25 y 35 años, dependiendo del tipo del delito y si la pena es por uno o varios, tras lo cual se revisará. Si no se cumplen determinados requisitos para la libertad, el preso seguirá en prisión.

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