Oriol Pujol tendrá que ir a juicio: la Audiencia rechaza su pacto con Fiscalía

  • En el acuerdo con el Ministerio Público aceptaba dos años y medio de cárcel. La juez lo ha rechazado al no haberlo suscrito todos los encausados.
Oriol Pujol
Oriol Pujol

El exdiputado de CiU en el Parlament Oriol Pujol deberá ir a juicio por el conocido como caso ITV después de que la Audiencia de Barcelona no acepte el pacto que había suscrito con la Fiscalía en el que aceptaba dos años y medio de cárcel.

La magistrada de la Audiencia de Barcelona que enjuiciará el caso de las ITV ha rechazado el acuerdo de conformidad que firmó Oriol Pujol, su esposa Anna Vidal, Sergi Pastor y Ricard Puignou con el fiscal al no haberlo suscrito todos los encausados.

La magistrada ha rechazado ahora la petición de estos cuatro acusados para que, tras la comparecencia en el inicio del juicio, se dictara sentencia en los términos acordados con la Fiscalía y se declarara firme, para que el juicio prosiguiera únicamente con los otros dos acusados.

La decisión de la magistrada no comporta a la práctica la anulación del acuerdo de los cuatro acusados con la Fiscalía, ya que se mantendrá vigente pese a que tengan que participar en el juicio, según han explicado a Efe fuentes judiciales.

La Fiscalía había pedido incluso que si oficializaba la sentencia condenatoria por conformidad al arrancar el juicio, los cuatro acusados con los que alcanzó el acuerdo pudiesen comparecer en el juicio como testigos.

Ante esta situación, Tous recurrió, alegando que las conformidades de los otros cuatro acusados, especialmente la de Ricard Puignou, constituía una conculcación de su derecho de defensa, ya que el juicio con jurado popular se iniciaría con una confesión de uno de los coacusados de los mismos hechos por los que se le incrimina a él: pagar honorarios a Alsina para obtener la influencia política de Oriol Pujol.

La Fiscalía no vio vulneración del derecho de defensa

El fiscal se opuso a esta petición alegando que, una vez acordadas las conformidades, sería "contrario a la lógica y al principio de economía procesal" la demora de una sentencia de conformidad a la constitución del Jurado, cuando éste debería disolverse si se produjera la conformidad una vez constituido.

El Ministerio Público sostuvo además que la conformidad de cuatro de los acusados no suponía la vulneración del derecho de defensa de los otros dos procesados ya que, si bien participaron en parte en la comisión de unos mismos hechos, la concreta actuación que se les atribuye merece una "calificación jurídica diferenciada".

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