Pensiones. Entra en vigor el decreto por el que no se actualizarán las pensiones en línea con el ipc


El Real Decreto Ley de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social, que recoge que no se actualizarán las pensiones en línea con el IPC, entra este sábado en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El Gobierno anunció ayer que no actualizará las pensiones por la desviación del IPC, ya que no puede asumir una revalorización de 1,9 puntos en la paga de los pensionistas, que es la que debería llevar a cabo según la ley de Seguridad Social teniendo cuenta que el IPC de noviembre se situó en el 2,9%.
Para poder llevar a cabo esta medida, contraria a lo que establece la Ley de la Seguridad Social, el Ejecutivo no modificará esta normativa sino que directamente “suspenderá” la actualización de las pensiones.
En todo caso, el Ejecutivo ha decidido incrementar en un punto la subida de las pensiones inferiores a 1.000 euros para el próximo año, de manera que aumentarán un 2%, en vez del 1% que harán el resto de prestaciones.
Esta mejora de la subida prevista para el próximo año afectará a 6,6 millones de pensionistas y tendrá un coste de 1.513 millones de euros.
TENSIONES DE LIQUIDEZ
En el real decreto, el Gobierno explica que “la crisis está suponiendo un elevado déficit del sistema de la Seguridad Social durante el ejercicio 2012, con las consiguientes tensiones de liquidez”.
Estas tensiones, subrayan, “se verán acentuadas” este mes de diciembre, “en el que han de abonarse dos mensualidades, ordinaria y extraordinaria, de pensiones de la Seguridad Social”.
FONDO DE RESERVA
La situación descrita, considera el Ejecutivo, determina la imperiosa necesidad de establecer, durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014 unas condiciones excepcionales para la disposición del Fondo de Reserva.
Por ello, se dejando sin efecto durante los mencionados ejercicios la limitación del 3% de la suma de los conceptos previstos en el artículo 4 de la Ley 28/2003, de 29 de septiembre.
En dicho artículo se establece que la disposición de los activos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social se destinará con “carácter exclusivo” a la financiación de las pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión.
Además, se afirma que “sólo será posible en situaciones estructurales de déficit por operaciones no financieras del sistema de la Seguridad Social, no podrá exceder en cada año del 3% de la suma de ambos conceptos”.
Para el equipo de Mariano Rajoy “queda plenamente justificada la extraordinaria y urgente necesidad” de fijar un nuevo límite en la disposición de activos del Fondo de Reserva.
En este sentido, se autoriza durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014 la disposición del Fondo de Reserva, a medida que surjan las necesidades, hasta un importe máximo equivalente al déficit presupuestario de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.

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