En su propuesta de reforma

Podemos quiere que las injurias al Rey y la quema de la bandera no sean delito

Mossos investiga la quema de fotos del Rey y de banderas en la marcha anticapitalista
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EUROPA PRESS

Los delitos contra la corona y los sentimientos religiosos son contrarios a la libertad de expresión y no deberían tener cabida en el Código Penal. Estas son dos de las cuestiones que formarán parte de la propuesta que hará Unidas Podemos para la reforma del texto legal que está previsto que se aborde en esta legislatura. Un plan que está recogido en la Proposición de Ley registrada por el grupo parlamentario en el Congreso, y que incluye la derogación del tipo penal por enaltecimiento del terrorismo, como adelantó La Información. Y en el que se plantea dar una vuelta total al articulado que rige actualmente en el ordenamiento jurídico, con supresiones y modificaciones de varios de sus artículos.

La idea de la confluencia que forman Podemos, En Comú Podem y Galicia en Común es derogar hasta cinco artículos del actual texto y modificar otros siete. Los que desaparecerían son el 491, el 504, el 525 o el 543. Estos son los que contienen los delitos y las penas de cárcel por injurias a la corona o a la familia real, a las instituciones del Estado, al Ejército, las Fuerzas de Seguridad, las ofensas a sentimientos religiosos o a los símbolos y emblemas nacionales o de las comunidades autónomas. A estos se suma el 578, que es el marca el enaltecimiento del terrorismo, cuyo fin es toda una prioridad para los morados.

Según defiende Unidas Podemos, los delitos contra la Corona y la especial protección a la misma "constituye un verdadero ataque contra la libertad de expresión". "Cuanto más poder tiene una institución mayor ha de ser la exposición a la crítica legítima por parte de la ciudadanía", recoge su proposición, para la que rescatan diversos informes de la ONU que abogaban por eliminar los límites a la libertad de expresión. Uno de ellos es el del Relator especial para la libertad de opinión y expresión, Frank La Rue, que aseguró que "la difamación no debe constituir un delito penal en ningún Estado". Un argumento que el partido hace suyo, junto con el de que "las leyes penales sobre difamación son intrínsecamente severas y surten un efecto desproporcionado" a la hora de expresarse libremente.

Otra de las razones presentadas por UP para promover el fin de este delito son las condenas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos al Estado español por las sentencias por la quema de fotografías de los reyes. En concreto, se refiere al reproche europeo por la condena de la Audiencia Nacional a Jaume Roura Capellera y Enric Stern Taulats a 15 meses de prisión por quemar una foto de Juan Carlos I y Doña Sofía en una manifestación que se celebró en 2007 en Girona. "En la sentencia se indica que la quema de las fotografías de los reyes se encuadraba dentro de la crítica política. Una provocación que busca la atención mediática para transmitir su mensaje político crítico, de insatisfacción y protesta con la institución, y por tanto amparado por la libertad de expresión", reitera el grupo parlamentario. 

Los artículos a modificar o derogar y que contienen el tipo penal por supuestas injurias a la Casa Real son el 490 y el 491. Para el primero, la propuesta es suprimir el apartado 3, que establece "la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son". El segundo es el que comprende las multas por las ofensas a todos los miembros de la familia real, que en el caso de las injurias va de cuatro a 24 meses, y en el de utilización de la imagen va de los seis a los dos años de sanción. Y es que, según los de Pablo Iglesias, despenalizar estas cuestiones es una necesidad, porque "de otra manera no se entiende la libertad política ni la democracia". 

La religión no está exenta de crítica

En lo que respecta a los sentimientos religiosos, Podemos abandera que "no han de primar los sentimientos de unos ciudadanos frente a otros" dentro de un Estado aconfesional como España. "La legítima crítica contra las religiones, dogmas y creencias está amparada por la libertad de expresión", añaden los morados, que sí abogan por proteger "la libertad religiosa como derecho fundamental". Según recuerdan, el CP establece que el escarnio o la burla tenga el fin de "ofender los sentimientos", lo que había evitado condenas por haberse entendido desde los tribunales toda crítica o broma estaba amparada en la libertad de expresión. Algo que ha cambiado en los últimos años, como denuncian, por la acción de "asociaciones privadas" y la propia Fiscalía, con el caso paradigmático del joven condenado por poner su cara en un montaje fotográfico de un Cristo. 

Tomando como referencia otra sentencia del TEDH, que condenó a Lituania por haber multado a una empresa textil que expuso las figuras de María y José en vaqueros, la Proposición de Ley recoge que "quienes eligen ejercer la libertad de manifestar su religión no pueden razonablemente esperar estar exentos de toda crítica". Por eso reclaman suprimir el art. 525 del CP, al considerar que la protección a la libertad religiosa es suficiente con el art. 510. Pero eso no implica que no se pueda criticar a una religión, ya que todo lo que pueda ofender los sentimientos de los creyentes, "por gratuitas que sean, se entienden que entran dentro del ámbito de la libertad de expresión". 

La PL de Unidas Podemos reclama además que se modifique el redactado de hasta seis artículos, como el 22, el 510, el 510 bis, el 515 y el 538. El objetivo de cambiarlos es reducir las penas de prisión y de multa de varios tipos penales, como los que se traduzcan en difamación de grupos o personas por cuestiones de raza, sexo, enfermedad o discapacidad. También alegan la necesidad de eliminar algunos agravantes, como el de que el delito se cometa en redes sociales. Otra novedad es el añadido de un artículo 536 bis, para perseguir a las autoridades o funcionarios públicos que desvelen la identidad de alguien que participe en "actividades de índole política, sindical, religiosa u oras" que están amparadas en la libertad ideológica o de expresión. 

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