Préstamos de 750.000 euros

Caso Popular: el juez declina congelar a los accionistas los pagos de la ampliación

  • Considera "prematura" la diligencia dado que no está claro todavía quién tendría que afrontar el coste de la medida, si los imputados o el Santander. 
Emilio Saracho
Emilio Saracho
efe

Los inversores del Banco Popular tendrán que esperar para que se congelen los pagos de los préstamos adquiridos en la participación de la ampliación de capital de 2016. El magistrado de la Audiencia Nacional al frente del caso, José Luis Calama Teixeira, ha rechazado la pretensión de un importante accionista que, amparado en las declaraciones de algunos investigados en el procedimiento, solicitó dejar de abonar los pagos. De acuerdo con el criterio del instructor, se trata de una diligencia "prematura" porque todavía no se sabe a ciencia cierta quién tendría que asumir este coste, si los imputados o el propio Banco Santander en calidad de heredero del negocio. 

Así lo determina el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 en un auto recogido por este diario en el que responde a la pretensión del inversor Teodoro García de que se suspenda "con carácter urgente" el pago del préstamo de 750.000 euros suscrito para participar en la ampliación que ahora está bajo la lupa de los investigadores. El accionista respaldó su petición en la declaración que prestó el expresidente del banco Emilio Saracho en sede judicial el 2 de octubre, cuando se refirió a la financiación de acciones. Tanto es así que para el banquero esto fue "la madre del hecho relevante" que el banco comunicó el 3 de abril de 2017 a la CNMV. 

De acuerdo con su relato, este proceso de financiación de compra de acciones se hizo bajo la presidencia de Ángel Ron de forma que "no se pudiera detectar" y tuvo un impacto en el capital del banco de 400 millones de euros. Con todo, el inversor no solo recoge en su escrito la tesis de Saracho sino que también se apoya en el peritaje del Banco de España y en un informe aportado a esta causa por parte del regulador, según el cual el banco debería haberse deducido 238 y 220 millones de euros a 31 de diciembre de 2016 y 2017, respectivamente. Por todo ello el accionista explica que "en modo alguno" hubiera suscrito la ampliación de 2.505 millones de euros "de conocer los datos reales de la entidad" que acabó adquiriendo el Santander por el simbólico precio de un euro tras la resolución de la JUR. 

Oposición de Anticorrupción

Todo ello sería óbice para que los accionistas que se querellaron contra los antiguos directivos del banco dejaran de tener que seguir pagando por los préstamos firmados. Sin embargo, el magistrado instructor mantiene un criterio bien diferente porque entiende que es un momento procesal incipiente dado que todavía quedan por declarar testigos clave del hundimiento del banco, además de los expertos del Banco de España a quienes se les encargó el peritaje estrella de la causa. Calama Teixeira aprovecha la coyuntura para apuntar que la cuestión planteada por la Fiscalía Anticorrupción acerca de quién tendría que responder por esta medida cautelar es "de indudable interés". 

El Ministerio Público se pronunció también de forma negativa a la pretensión del accionista apuntillando que es necesario escuchar a los otros protagonistas de la causa en sede judicial y practicar más diligencias antes de tomar una decisión de esta envergadura, teniendo en cuenta que en algunos casos las cuantías de los préstamos son altas. El objetivo de los investigadores es "verificar" que realmente existe un nexo de conexión entre el principal hecho investigado (la ampliación de capital) y los efectos del mismo, en orden a conformar la responsabilidad civil que se deriva del delito.

La responsabilidad civil Santander

Y esto lleva también al fiscal Antonio Romeral a rechazar la pretensión acerca de que sea la entidad de Ana Botín la que responda por ello. El hecho de que el Santander ya no figure como investigado en la causa y que su condición en la actualidad sea la de responsable civil subsidiario hace que no se le pueda exigir una respuesta antes que a los investigados. "La consecuencia es obvia, primero habría de exigirse a los partícipes en el delito y después, de no haber bienes suficientes que garantizaran la misma, se acudiría a los responsables civiles subsidiarios", explica Romeral en su escrito recogido por La Información. 

Todo esto lleva al juez a concluir que parece "obvio" que esta medida es "prematura", lo cual no quiere decir que no la acuerde conforme avanza el procedimiento penal. Al respecto, los primeros meses del año 2020 serán clave puesto que el magistrado escuchará a los peritos del Banco de España (citados a partir del 10 de febrero) y, tras ellos, a los testigos de la causa. Desfilarán por la Audiencia Nacional entre los meses de marzo y abril el exministro de Economía y actual vicepresidente del BCE Luis de Guindos, el exgobernador del Banco de España Luis María Linde, al actual presidente de la CNMV, Sebastián Albella, y su antecesora en el cargo, Elvira Rodríguez.

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