El presidente del Tribunal del Jurado del crimen de Carrasco emite un auto aclaratorio a petición del fiscal

El presidente del Tribunal del Jurado del crimen de Carrasco emite un auto aclaratorio a petición del fiscal
El presidente del Tribunal del Jurado del crimen de Carrasco emite un auto aclaratorio a petición del fiscal
EUROPA PRESS
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Emilio Fernández pretende sustentar parte de su recurso ante el TSJCyL en el hecho de que las penas impuestas por el presidente, especialmente en el caso de Raquel Gago, son inferiores incluso a las que solicitaba su propia defensa, según una información del Diario de León recogida por Europa Press.

"Por el Ministerio Fiscal se interesa la aclaración o más bien subsanación de la sentencia dictada en el presente procedimiento, en un doble aspecto. Por un lado, en primer lugar, y en cuanto al apartado octavo de los antecedentes procesales de la sentencia se solicita se incluya expresamente la petición concreta de penas efectuadas por las defensas de las acusadas, tras la lectura del veredicto por parte del jurado", explica el auto aclaratorio.

"Efectivamente, consta en dicho apartado de la sentencia que dichas partes pidieron penas mínimas, pero no se expresa las concretas penas solicitadas, por lo que es procedente acceder a lo interesado por el Ministerio Fiscal e incluir tal detalle", añade.

ACLARACIONES

Así, la nueva redacción de la sentencia especifica que para Montserrat González y Triana Martínez su abogado defensor solicitó una pena "por el delito de asesinato en concurso ideal con el delito de atentado la pena de 17 años y 6 meses de prisión, y por el delito de tenencia ilícita de armas la pena de dos años de prisión, y la libertad provisional para la segunda de dichas acusadas".

La defensa de Raquel Gago "mostró igualmente discrepancia con el veredicto del Jurado, remitiéndose a sus conclusiones definitivas, interesando, en cualquier caso, para dicha acusada por el delito de asesinato en concurso ideal con el delito de atentado la pena de 8 años de prisión y por el delito de tenencia ilícita de armas la pena de 2 años de prisión, y el mantenimiento de su situación de libertad provisional mientras la sentencia no sea firme", señala.

Por otro lado, en segundo lugar, se interesa que en el relato de hechos probados de la sentencia, en concreto en el punto I, en el que se narran los hechos que se declaran probados de acuerdo con el veredicto del Jurado, se incluya el contenido de nueve preguntas del objeto del veredicto.

El presidente lo rechaza: "Tales apartados (que no preguntas) del objeto del veredicto se refieren a los pronunciamientos sobre la culpabilidad de las tres acusadas y por los distintos delitos objeto de enjuiciamiento".

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