Primera prisión permanente del Supremo por matar a su hijo el Día de la Madre

Tribunal Supremo
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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado su primera condena a prisión permanente revisable para Marcos Javier Mirás por el asesinato de su hijo de 11 años en mayo de 2017, coincidiendo con el Día de la Madre. El condenado aprovechó el fin de semana que le correspondía, de acuerdo con el régimen de visitas establecido tras el divorcio, para cometer el crimen. 

En un fallo con fecha del 3 de julio de 2019 que ha trascendido este miércoles, la sala desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que confirmó la pena que le impuso un tribunal de jurado de la Audiencia Provincial de A Coruña como autor de un delito de asesinato con alevosía.

El acusado tendrá que pagar a su expareja, en concepto de responsabilidad civil, una indemnización de 180.000 euros, y no podrá aproximarse a ella a menos de 1.500 metros ni comunicarse con ella por cualquier medio hasta cinco años después de que cumpla la pena de cárcel.

Esta es la primera condena a prisión permanente revisable que confirma el Tribunal Supremo. Previamente, en enero de este año el alto tribunal revocó la pena de este tipo que impuso la Audiencia Provincial de Tenerife al joven condenado por asesinar al abuelo de que la que por entonces era su novia en Icod de los Vinos, un carnicero de 66 años.

En su recurso, conforme ha recordado el TS, el condenado alegaba que los informes médicos acreditan que es un enfermo mental grave y que en el momento en que ocurrieron los hechos padecía un grave trastorno psíquico que afectó irremediablemente a sus capacidades de comprender y/o querer.

Al respecto, la Sala explica en su sentencia, con ponencia de la magistrada Carmen Lamela, que el informe de los peritos judiciales y las declaraciones de los dos psiquiatras en el juicio oral pusieron de manifiesto que el acusado padece "un trastorno mixto de la personalidad que condiciona su forma de ser y de vivir, aunque no anula ni su libertad volitiva ni sus facultades cognoscitivas".

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