Jaén, 26 mar.- El juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha prohibido a un hombre acercarse a su hija de 10 años durante seis meses y le obliga a indemnizar con doscientos euros a la madre, por darle un bofetón a la menor por equivocarse en los deberes.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera hechos probados que durante un fin de semana de mayo del 2011, cuando la menor se encontraba con su padre, por corresponderle a éste el régimen de visitas, estaba el acusado ayudando a su hija a realizar los deberes.
Al equivocarse ésta al hacerlos, el padre "se enfadó dando un bofetón a la menor en la cara que le causó un hematoma en el ojo izquierdo.
Por estos hechos ha sido condenado por un delito de maltrato en el ámbito familiar a la pena de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, prohibición del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y prohibición de aproximarse a la menor durante seis meses, así como de indemnizar a la madre de la niña, con doscientos euros, en concepto de responsabilidad civil.
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