Andreu propone juzgar a Deloitte junto a Rato y otros 33 imputados por Bankia

  • El instructor recuerda que sin el informe de la auditora que validó las cuentas presuntamente falsas, la salida a Bolsa no habría sido autorizada.
Imagen de Bankia
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EFE

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu propone juzgar por el caso de la salida a Bolsa de Bankia a 35 personas físicas y jurídicas, entre ellas el expresidente de la entidad Rodrigo Rato. El auto de apertura de juicio oral incluye, por orden de la Sala de lo Penal a la auditora Deloitte por avalar los datos supuestamente falsos del folleto informativo con el que el banco salió al parqué el 21 de julio de 2011.

El engaño masivo, que constituyó, según el juez, los delitos de falsedad de cuentas anuales y fraude a inversores, afectó a miles de pequeños accionistas que confiaron en la solvencia de la entidad que tuvo que ser rescatada al año siguiente con 24.000 millones de euros públicos.

El juez recuerda que la Sala de lo Penal le obligó el pasado 15 de septiembre a proseguir el proceso contra Deloitte en contra de su criterio inicial. También señala que varias partes han presentado acusación contra la auditora, por lo que se debe considerar su presunta responsabilidad ya que "si bien el legislador ha delimitado el ámbito de los autores o sujetos activos a los administradores de hecho o de derecho, no puede olvidarse que no se debe descartar la posibilidad de la participación, por cooperación necesaria, de las entidades auditoras que al realizar la fiscalización externa de la contabilidad, colaboran y se prestan a la formación de unas cuentas anuales o balances falseados".

"Esa conducta", continúa Andreu, "está tipificada en distintas legislaciones penales de nuestro entorno como la francesa, la alemana o la italiana". Además, subraya que sin la auditoría, ni el Banco de España ni la CNMV habrían permitido la salida a Bolsa.

La fiscalía y la Abogacía del Estado -esta última en representación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, FROB- solicitan una pena de cinco años para Rato, de cuatro para el expresidente de Bancaja José Luis Olivas, tres años para el consejero y exsecretario de Estado de Hacienda José Manuel Fernández Norniella y de dos años y siete meses para el ex consejero delegado Francisco Verdú. Para todos ellos, el Ministerio Público aprecia únicamente el delito de estafa a inversores. La primera vez que se aplicó este delito fue en la sentencia de la CAM, que condenó a un directivo de segundo nivel -el que envió la información al regulador- pero absolvió a los directivos que gestaron el fraude.

El fiscal pide que los acusados indemnicen de forma conjunta a los pequeños inversores personados en el caso en el importe total de su inversión con exclusión de los que ya hayan sido indemnizados por Bankia, que tras perder las primeras causas civiles, decidió resarcir a todos los que se lo solicitaran. También reclama que se declare la responsabilidad civil subsidiaria de Bankia. El abogado del Estado considera que los acusados son responsables civiles directos y como tales deben indemnizar al FROB por las cantidades en que el patrimoni de Bankia se haya visto reducido por los pleitos civiles que ha perdido la entidad.

Cinco años de investigación 

Andreu recuerda en su resolución que en los cinco años que ha durado su investigación se han recabado indicios racionales que demostrarían que Rato y los demás consejeros y directivos procesados aprobaron unas cuentas maquilladas sobre la verdadera situación de las entidades que administraban que no reflejaba la imagen fiel de la misma, de manera que o mostraban la verdadera situación financiera de la entidad, con el consiguiente perjuicio tanto para los que suscribieron sus acciones como para el Estado que tuvo que acudir a su rescate. La responsabilidad de Deloitte se circunscribe a haber validado esas cuentas presuntamente falseadas.

El juez rechaza archivar la causa respecto de Bankia y su matriz, el Banco Financiero y de Ahorros (BFA) como solicitaba Anticorrupción que, en su escrito, se basó en la actitud colaboradora que ha mantenido la entidad durante la tramitación de la causa y en su decisión de adelantarse e indemnizar a todos los minoristas que así se lo solicitaron. Andreu considera que esa actitud del banco podría dar lugar "a una posible atenuación de la responsabilidad penal, pero nunca a una declaración de sobreseimiento, ni libre [definitivo] ni provisional".

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