Junto a la reforma de la sedición

La rebaja de la malversación podría beneficiar a condenados por corrupción

Jueces y fiscales recuerdan que es un delito "muy frecuente" en estas causas y subrayan que los tribunales deberán revisar cada caso, principalmente si se distingue entre los que se han "enriquecido" y los que no.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el de la Generalitat, Pere Aragonés
La rebaja de la malversación podría beneficiar a condenados por corrupción.
Europa Press

El anuncio de la sustitución de la sedición por un delito de desórdenes públicos lleva aparejada una nueva polémica por la posible rebaja de las penas por malversación de caudales públicos. Se trata del ilícito por el que han sido condenados la mayoría de los líderes del 'procés' independentista en Cataluña de 2017, cuyo cambio provocaría la reducción del tiempo de inhabilitación de los que ya han sido indultados, y una menor condena de prisión para el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los consejeros fugados en caso de que fueran juzgados por los mismos delitos.

La reforma del delito que castiga conductas de administración desleal o apropiación indebida de fondos públicos por parte de funcionario o autoridad pública también beneficiaría al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, que se encuentra pendiente de conocer si ingresa en prisión o no, y exconsejeros andaluces condenados por los 'ERE de Andalucía'. Pero ello no queda aquí, pues según señalan jueces y fiscales consultados por La Información, el cambio legal podría favorecer también a los ya condenados por causas de corrupción. 

El Código Penal, en su artículo 2.2, establece que "tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena". En otras palabras, que la eventual reforma del delito de malversación se aplicará a los condenados por este conducta que no hayan acabado de cumplir su pena si la nueva norma es "beneficiosa" para ellos. También a los investigados y acusados si se considera que dicha reforma es "más favorable" con respecto a la legislación en vigor en la fecha de los hechos.

Por el momento solo es una posibilidad, sin que haya nada cerrado ni puesto encima de la mesa. Pero el Gobierno tampoco lo ha descartado. Preguntado al respecto, el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, ha aclarado este lunes que este cambio legal se estudiará si ERC decide presentar en el Congreso una enmienda a la proposición de ley con la que PSOE y Podemos quieren reformar el Código Penal para derogar la sedición. "Como pasa con cualquier enmienda, lo que se hará será estudiarla en profundidad", ha señalado. En paralelo, el presidente de la Generalitat de Cataluña, Pere Aragonès, confirmaba que así se hará: "Ahora toca abrir esta otra batalla en el ámbito de la utilización perversa de la malversación".

Por su parte, la ministra de Defensa, Margarita Robles, ha destacado que "la regulación del delito de malversación es muy desigual, porque no es lo mismo el corrupto que se lleva el dinero a su bolsillo que el que aquel que no se lo lleva". Y en la misma línea se ha manifestado desde Unidas Podemos, cuyo presidente del grupo parlamentario en el Congreso, Jaume Asens, ha apostado por que el Código Penal diferencie entre quienes desvían fondos para su "enriquecimiento personal" y quienes no.

Un delito "frecuente"

Así, aunque esta modificación pueda tener relación con el 'procés' de Cataluña, jueces y fiscales coinciden en que ello podría tener un efecto colateral en numerosas causas de corrupción, en las que el delito de malversación de caudales públicos, castigado actualmente con penas que van desde los dos a los seis años de cárcel, y puede alcanzar hasta los ocho años en los casos agravados, es "muy frecuente" y vinculado a dirigentes políticos y funcionarios públicos. De este modo, y en caso de recibir luz verde por parte del legislador, se abriría la puerta a que muchos de los condenados por este ilícito pidan la revisión de su sentencia, sobre si todo si ello tiene consecuencias directas en su situación personal, como puede ser evitar el ingreso o permanencia en prisión o en los años de prohibición para ejercer cargo público.

El delito de malversación de caudales públicos está castigado con penas que van desde los dos a los seis años de cárcel, y puede alcanzar hasta los ocho años en los casos agravados

A modo de ejemplo, el Tribunal Supremo tiene pendiente por resolver los recursos presentados por los condenados por la Audiencia Provincial de Oviedo por el 'caso Niemeyer', en el que Natalio Grueso, exdirector-gerente de la fundación que da nombre al procedimiento, fue condenado a la pena máxima por esta tipo penal. Asimismo, este tribunal también ha confirmado la condena por malversación (entre otros delitos) a los líderes de la trama Gürtel, Francisco Correa y Pablo Crespo, y dirigentes del PP implicados en estos hechos, como los exalcaldes Jesús Sepúlveda y Guillermo Ortega; o al expresidente balear Jaume Matas y al exduque de Palma Iñaki Urdangarin por el 'caso Nóos'. Este delito se encuentra presentes en otras macrocausas de corrupción como 'Púnica', 'Lezo' o 'Tándem' (más conocido como 'caso Villarejo'). 

En cualquier caso, las fuentes consultadas recalcan la necesidad de esperar a ver si finalmente se debate en el Congreso de los Diputados esta posible reforma de la malversación de fondos públicos y ver el texto que se propone antes de sacar conclusiones precipitadas. Aún así, apuntan que si el cambio legal sale adelante, ello obligará a que los tribunales estudien caso a caso para resolver cada situación, principalmente si el nuevo artículo distingue entre aquel que se ha lucrado y quien ha gestionado de manera incorrecta las arcas públicas para fines no previstos, incluso ilícitos, ya que se deberá hacer un análisis para aclarar en qué supuesto encajaría cada actuación investigada y/o condenada.

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