La jueza del metro rechaza reabrir la causa y critica "falta de rigor" y de criterios técnicos de fiscal y acusaciones

  • La titular del juzgado de Instrucción 21 de València, Nieves Molina, ha rechazado los recursos interpuestos por Fiscalía y por tres acusaciones particulares y ha confirmado el sobreseimiento de la causa abierta por el accidente de metro en la Línea 1 de Metrovalencia, que el 3 de julio de 2006 costó la vida a 43 personas y dejó heridas a 47 más.
La jueza del metro rechaza reabrir la causa y critica "falta de rigor" y de criterios técnicos de fiscal y acusaciones
La jueza del metro rechaza reabrir la causa y critica "falta de rigor" y de criterios técnicos de fiscal y acusaciones
EUROPA PRESS
EUROPA PRESS

En un auto de 39 páginas, contra el que cabe recurso de apelación ante la Audiencia, la magistrada alude a la "falta de rigor" y al uso de "datos erróneos" del fiscal en su escrito y a que los argumentos de las acusaciones para pedir la reapertura se hacen con apreciaciones subjetivas y sin atender a criterios técnicos.

Así, la magistrada, según el auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, defiende la "solidez" de los informes periciales y descarta nuevas diligencias. En el caso de Fiscalía, le achaca "falta de rigor" y uso de "datos erróneos" para desacreditar a los expertos que han descartado infracción de la normativa laboral y de seguridad ferroviaria.

De esta forma, la jueza confirma el auto que dictó el pasado 23 de mayo en el que acordó el sobreseimiento de la causa al considerar que no existen responsables penales del siniestro y defiende la validez de los distintos informes periciales incorporados al procedimiento judicial que descartan que el descarrilamiento del tren en la curva previa a la estación de Jesús, cuando circulaba a 80 kilómetros por hora en un tramo con velocidad limitada a 40, se produjera por un fallo en el vagón o en la vía.

A su juicio, Fiscalía ha tratado de desacreditar al primer perito judicial por estar investigado en la causa que se sigue en el juzgado de Instrucción 3 de Santiago de Compostela por el accidente de Angrois y a uno de los expertos de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.

Respecto al perito judicial, la magistrada señala que su condición de investigado en aquel procedimiento, en el que aún no ha prestado declaración, está recurrida y "en nada afecta a la solidez de sus informes" y añade que ya estuvo investigado en 2014, momento en el que la Audiencia de Valencia rechazó que esto fuera motivo de recusación.

Según el auto, los informes de este perito se centran en el análisis de vías, vagón, balizas, frenos, descarrilamientos previos de la unidad siniestrada y ventanas, elementos que "nada tienen que ver con un correcto o incorrecto análisis de riesgos en una curva" en Angrois por el que está investigado.

OTROS ONCE INFORMES

En todo caso, señala que además de los informes de este perito existen once más de distintos organismos --Inspección de Trabajo e Invassat, Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria o uno técnico policial, entre otros-- y que en la causa se ha tomado declaración a 48 trabajadores de los talleres de FGV, a 21 maquinistas de la Línea 1, a cinco representantes sindicales del Comité de Seguridad, cinco policías y tres investigados.

Asimismo, han ratificado sus informes periciales los funcionarios de la Inspección de Trabajo y el Invassat y los funcionarios de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria. La jueza mantiene su rechazo a la nueva petición de la fiscal para que seis peritos emitan otro informe sobre aspectos sobre los que ya se han pronunciado los expertos de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y recuerda que fue esa parte quien en dos ocasiones eligió a esta entidad para que realizara los análisis cuyos resultados no comparte.

"INVESTIGACIÓN PROSPECTIVA"

Además, la jueza expresa su desacuerdo con Fiscalía sobre los peritos de la Agencia Europea de Seguridad Ferroviaria y ve "incoherente" la posición de la acusación pública, a quien recuerda que entre sus funciones se encuentra velar por el derecho a la tutela judicial efectiva, que tiene sus límites en la colisión con otros derechos, como el derecho a la presunción de inocencia, "íntimamente relacionado con el derecho a no ser sometido a una investigación prospectiva. Y así podría calificarse la petición del ministerio fiscal".

En esta línea, indica que ese derecho a la presunción de inocencia directamente afectaría a los investigados y subraya que "no cabe duda de que también le corresponde al fiscal velar por los derechos de aquellas", al tiempo que señala que su actuación, de acuerdo con su estatuto, se debe guiar por los principios de "legalidad e imparcialidad".

Por otra parte, la jueza mantiene que no tiene competencia, por razón de su jurisdicción, para requerir un informe a la Agencia Ferroviaria Europea, como pretende la fiscal y recuerda que la normativa europea de evaluación de riesgos sobre la que la Agencia ha emitido un informe en el caso del accidente de Santiago no es de aplicación al caso de Valencia ya que la normativa europea "excluye expresamente a los metros ligeros del ámbito de aplicación de las directivas relacionadas con la seguridad ferroviaria".

En relación con las tres acusaciones particulares, la jueza rechaza sus argumentos y considera que realizan algunas de sus peticiones "con base en apreciaciones subjetivas, sin atender a criterios técnicos", que ya están expuestos en los informes periciales de peritos. También cree que se ha hecho por una de ellas una interpretación "sesgada" del contenido de las dos actas del Comité de Seguridad sobre supuestas presiones de FGV a maquinistas para cumplir horarios de salida de trenes y de cometer errores.

Mostrar comentarios