Reciben facturas de más de 800 euros tras ver arder sus casas en Ourense

  • Los habitantes de Carballeda de Avia, que vieron cómo un vecino perdía la vida, han recibido una factura del servicio de emergencias.
Fotografía de un incendio.
Fotografía de un incendio.

El partido Democracia Ourensana ha denunciado hoy el envío de facturas de más de 800 euros del servicio de intervención de emergencias del Consorcio Provincial a personas que vieron arder sus casas en el municipio de Carballeda de Avia, donde falleció un hombre, por lo que exige su retirada.

El pasado 15 de octubre una ola de incendios arrasó decenas de miles de hectáreas en Galicia y segó cuatro vidas en una noche dramática.

Democracia Ourensana asegura que algunos vecinos de Carballeda de Avia, donde falleció un hombre al intentar salvar a su ganado, han recibido facturas de más de ochocientos euros a pesar de que esa noche vieron arder sus hogares.

Este partido detalla, a través de un comunicado, que las facturas corresponden a la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del servicio de intervención de emergencias del Consorcio Provincial, con una fecha límite para el pago fijada el 20 de diciembre.

Recuerda, no obstante, que la norma establece que "no estarán sujetos al pago de la tasa los servicios que se presten en beneficio de la generalidad de los vecinos o de una parte considerable de estos, tales como los prestados en los casos de catástrofe o calamidad pública oficialmente declarada".

Por este motivo, además de por los daños sufridos por los residentes en la zona, planteará en el próximo pleno provincial la retirada de estas facturas.

¿A qué pena de prisión se enfrenta un pirómano?

En marzo de 2015 se modificó el Código Penal precisamente para endurecer las penas de los pirómanos en los casos de incendio forestal. Era una demanda que venía de lejos en un país en el que más del 95% de los incendios forestales son debidos a la mano del hombre. Aunque el nuevo texto mantiene el tipo básico vigente hasta entonces (penas de prisión de uno a cinco años y multa de 12 a 18 meses), en los supuestos agravados se prevé una sanción autónoma.

Penas de hasta 20 años de prisión

De esta forma, quienes provoquen el incendio serán castigados con una pena de prisión de tres a seis años y multa de 18 a 24 meses, cuando el incendio alcance especial gravedad y concurran las circunstancias establecidas en el Código. De todos modos, en aquellos casos en los que haya habido peligro para la vida o para la integridad física de las personas las penas podrían incrementarse hasta los veinte años. Se aplicaría, en estos supuestos, el artículo 351, que prevé penas de entre diez y veinte años de cárcel para los causantes de incendios, forestales o no, que pongan en peligro vidas humanas.

Multa de hasta 24 meses

Cuando los fuegos forestales afecten a una superficie de considerable importancia, cuando provoquen graves efectos erosivos en los suelos, cuando se alteren significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o dañen algún espacio protegido, o cuando el incendio afecte a zonas próximas a núcleos de población o a lugares habitados, sus autores serán castigados con penas de prisión de entre tres y seis años y multa de 18 a 24 meses. También serán castigados con entre tres y seis años los incendiarios que actúen para obtener un beneficio económico.

Dada la complejidad de este tipo de delitos y la necesidad de realizar una investigación lo más ágil posible, la instrucción y el enjuiciamiento de los incendios forestales se encomendará a tribunales profesionales, y se elimina la competencia del tribunal del jurado en el delito de incendios.

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