La Fiscalía exime de toda responsabilidad al Rey emérito en el caso Corinna y el Ave

  • Se reserva la opción de abrir una investigación posterior por si hubo pago de comisiones a otros ejecutivos en el proyecto ferroviario.
La aristócrata Corinna con el rey Juan Carlos.
La aristócrata Corinna con el rey Juan Carlos.
EFE

La Fiscalía Anticorrupción ha recomendado este viernes el sobreseimiento de la pieza separada V-Carol dentro de la causa que se instruye contra el excomisario José Manuel Villarejo, en todo lo que respecta a la posible responsabilidad del Rey emérito, Juan Carlos I, por haber sido mencionado en las conversaciones publicadas entre la empresaria alemana Corinna zu Sayn-Wittgenstein, un financiero español y el mencionado comisario. Una vez analizados todos los datos, Anticorrupción entiende que en ninguna de las tres ocasiones en las que se menciona al Rey existen indicios suficientes como para incoar un proceso penal, porque los datos “son notoriamente insuficientes para avanzar en la tramitación de la pieza”, o porque “los indicios son extraordinariamente débiles” para ello.

La Fiscalía deja abierta la puerta a realizar una investigación sobre los presuntos pagos de comisiones en la contratación del macroproyecto del tren entre Medina y La Meca a un consorcio de empresas españolas, por si pudiera derivarse de ello algún tipo de caso de corrupción entre empresario o ejecutivos (nunca con la persona del Rey emérito), y una vez que se aclaren las normas internacionales para delimitar la jurisdicción internacional que corresponda hay que tener en cuenta que, en todo caso, se trataría de posibles delitos cometidos por nacionales españoles en territorio extranjero, con lo que para iniciar un proceso (posterior a la investigación) tendría que mediar la presentación de una querella por las partes perjudicadas.

Tal y como señala el escrito enviado por la Fiscalía Anticorrupción, los hechos que se le pueden atribuir a don Juan Carlos de Borbón tras las conversaciones publicadas en los medios el pasado mes de julio, se refieren a una transacción con un terreno en Marruecos, el pago de unas comisiones y la tenencia de unas cuentas bancarias en Suiza a nombre de un posible testaferro.

Respecto al terreno en Marrakech que la tal Corinna señala que “se puso a su nombre” para que luego fuera traspasado al Rey emérito, desde la Fiscalía se advierte que es una operación que no resulta susceptible de investigación en sede penal, porque “no existe ningún elemento que permita colegir que tal terreno proceda de una actividad ilícita”. Frente a la posibilidad de que se trate de un caso de elusión fiscal, desde Anticorrupción se advierte que los daos no son suficientes como para abrir una investigación, y además, “remite a fechas en las que el entonces Rey Juan Carlos gozaba de la inviolabilidad que para el Jefe de Estado reconoce el artículo 56.3 de la Constitución”.

En lo que respecta a la mención que Corinna hace a Villarejo sobre las posibles cuentas en Suiza a nombre de un pariente del Rey, residente en Mónaco, que sería quien paga algunos de sus gastos, la Fiscalía señala de nuevo que los datos son “notoriamente insuficientes, pues aluden a una posible cuestión fiscal que no es susceptible de mayores indagaciones”, pues “se desconoce incluso la ciudad o ciudades concretas” donde estarían ubicadas.

Comisiones del Ave a La Meca

El tercero de los posibles delitos que se derivan de las conversaciones grabadas por Villarejo se centra en los supuestos 80 millones de euros que se pagaron como comisiones por la adjudicación del tren de alta velocidad entre Medina y La Meca, en Arabia Saudí, que habría recibido la mujer de un empresario de aquel país y de las que se habrían beneficiado posteriormente el Rey y algunos ejecutivos o intermediarios.

La Fiscalía reconoce que, en este caso, las referencias son más concretas, “con identificación del contrato, de personas y de importes de las posibles comisiones”, cuestiones que estarían, además contenidas en otros documentos complementarios hallados sobre el caso. Pero “en lo que atañe a una eventual intervención del hoy Rey emérito, los indicios son extraordinariamente débiles, pues consisten en la mera referencia que hace una persona que o aparece directa ni indirectamente implicada en los pagos y que tampoco manifiesta la razón de su conocimiento”.

En cualquier caso, al tratarse de un posible delito de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, la Fiscalía sí recomienda abrir una investigación al margen del procedimiento del caso Villarejo. Además, al tratarse de algo que han podido cometer españoles o extranjeros fuera del territorio nacional, su persecución en España exige la interposición de una querella por parte del agraviado (Gobierno Saudí o empresas implicadas) o por el Ministerio Fiscal. A raíz de sa investigación, no solo habría que demostrar los indicios de criminalidad en el pago de comisiones, sino también comprobar que se dan las condiciones legales para fundamentar la competencia de la jurisdicción penal española en el caso.

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