El Supremo estudiará si la salida de Rull de prisión sin avisar fue irregular

  • El exconseller obtuvo un permiso penitenciario para visitar a su hijo con la autorización de la directora de la prisión, pero no del Tribunal Supremo.
El exconseller Josep Rull (ARCHIVO)
El exconseller Josep Rull (ARCHIVO)
PARLAMENT - Archivo

El exconseller Josep Rull, uno de los siete líderes independentistas en prisión preventiva en la cárcel de Lledoners (Barcelona), obtuvo el pasado sábado 5 de enero un permiso extraordinario de urgencia para visitar a su hijo menor de edad en el hospital, según han informado fuentes de los servicios penitenciarios de la Generalitat. La Fiscalía apoyó ante el juez de guardia de Manresa (Barcelona) la salida del exconseller, si bien el juez no adoptó ninguna decisión al concluir que la competencia recaía en el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo estudiará si el permiso extraordinario de urgencia concedido, sin avisar previamente al alto tribunal, al exconseller Josep Rull para ver a su hijo hospitalizado fue irregular y, en su caso, determinar si se pudo cometer algún delito. Fuentes jurídicas han informado a Efe de que la Sala que enjuiciará los hechos se reunirá próximamente para estudiar esta cuestión y deliberar sobre la misma y, en el caso de observar que se ha podido cometer algún delito, lo enviarán a la Fiscalía para que informe al respecto.

Rull fue trasladado bajo custodia policial al Hospital Sant Joan de Déu de Manresa (Barcelona) para visitar a su hijo, que la víspera de Reyes, y durante un vis a vis familiar, se cayó y sufrió una fuerte conmoción en la cabeza, lo que le produjo una pérdida de conocimiento.

Los servicios médicos tuvieron que evacuarlo de urgencia y en ambulancia hasta el Hospital Sant Joan de Déu de Manresa, donde pasó unas horas desorientado, sin reconocer a sus familiares, aunque, finalmente, los facultativos le dieron el alta y pudo pasar la noche de Reyes en casa.

Consultado por los servicios penitenciarios, el juzgado de guardia de Manresa ha recordado que el reglamento penitenciario prevé la concesión de permisos extraordinarios de urgencia por parte de la administración competente. 

Concretamente, el juez hizo referencia al artículo 161.4 y los Servicios Penitenciarios aseguran que actuaron "de acuerdo con la normativa prevista, tal y como se hace en cualquier caso".

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