Ruz avala las grabaciones que destaparon el ‘caso gürtel’ y rechaza la nulidad de la investigación


El instructor del ‘caso Gürtel’, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz, ha avalado la legalidad de las grabaciones que destaparon la trama de corrupción y ha rechazado decretar la nulidad de la investigación sobre la red dirigida por el empresario Francisco Correa.

El juez, en concreto, ha avalado las grabaciones realizadas por el exconcejal del PP en Majadahonda (Madrid) José Luis Peñas a Correa y a otros presuntos cabecillas de la trama. Ruz señala en el auto hecho público hoy que estas grabaciones ocultas no pueden ser consideradas ilegales ni vulneraron el derecho a la intimidad de Correa porque Peñas cumplió con “la obligación de denunciar delitos de los que un particular tenga conocimiento”.
La petición de nulidad fue presentada en un principio por el propio Correa, pero a ella se adhirieron multitud de imputados, como Luis Bárcenas, Pablo Crespo, Alfonso Bosch o Alberto López Viejo. Se opusieron a la misma la Fiscalía y el resto de acusación.
Peñas, entonces concejal del PP en Majadahonda, grabó a escondidas durante meses, entre los años 2006 y 2007, las conversaciones de Correa y de otros presuntos cabecillas de la trama de corrupción, en las que se daban detalles de las operaciones de la red. El antiguo edil llevó estas grabaciones primero a la policía y posteriormente a la Fiscalía Anticorrupción, lo que a la postre dio lugar a la apertura, en febrero de 2009, de la investigación del ‘caso Gürtel’ por parte del juez Baltasar Garzón.
CÁMARA OCULTA
El magistrado de la Audiencia Nacional ha tenido en cuenta a la hora de decretar la licitud de las grabaciones la jurisprudencia consolidada por el Supremo y el Constitucional en esta materia.
La defensa de Correa alegó que se debía aplicar una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que declaraba ilegales las cámaras ocultas que utilizaban algunos programas de televisión.
Ruz rechaza este argumento y dice que la citada sentencia no puede utilizarse como precedente ya que no se pronuncia sobre hechos similares. En este caso no se trata de un conflicto entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad, como sucede en el caso de los medios de comunicación.
Al contrario, en este caso Peñas actuó “en cumplimiento de la obligación de denunciar delitos de los que un particular tenga conocimiento” y se proveyó “de los medios para acreditar el objeto de su denuncia”.
MUCHAS OTRAS PRUEBAS
Ruz destaca además que el ‘caso Gürtel’ no se basa única y exclusivamente en las grabaciones de Peñas, si no que en la causa hay otras y abundantes pruebas. “El origen de la presente causa no son, en sentido estricto, las grabaciones cuestionadas, sino las manifestaciones en modo de denuncia que Peñas realizó ante el órgano competente, y en las que se relata con detalle y precisión hechos que revisten de trascendencia penal”, explica el juez en su resolución.
El magistrado de la Audiencia Nacional critica además que los imputados hayan esperado cuatro años para impugnar las grabaciones.

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