La sentencia del juicio de 'La Manada' se conocerá este jueves tras un largo retraso

  • La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, encargada de juzgarles, acumulaba retrasos que superaban los 12 meses.
Fotografía de 'La Manada'.
Fotografía de 'La Manada'.

Han pasado más de cuatro meses desde que finalizó uno de los juicios más mediáticos de los últimos años, contra los cinco miembros de La Manada, acusados de una presunta agresión sexual a una joven en la primera noche de los Sanfermines de 2016.  Muchas han sido las veces que se ha preguntado por la sentencia y al final se conocerá este jueves en una audiencia pública. 

Según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el día 26  a las 13.00 horas el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra leerá en audiencia pública el fallo de la sentencia sobre los cinco acusados, entre ellos un guardia civil y un militar, que se autodenominaban La Manada.

El juicio tuvo lugar el pasado mes de noviembre y se celebró a puerta cerrada salvo las dos ultimas jornadas, al término de las cuales la fiscalía pidió para cada acusado una pena de 22 años y diez meses de prisión, la acusación particular reclamó 24 años y nueves meses, y las acusaciones populares ejercidas por el Ayuntamiento de Pamplona y la Comunidad foral de Navarra pidieron 25 años y nueve meses de prisión.

Todo apuntaba a que estaría lista este mes de abril tras las discrepancias que existían entre los jueces. Por otro lado, la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, presidida por José Francisco Cobo y compuesto por los magistrados Ricardo González y Raquel Fernandino, acumulaba retrasos que superan los 12 meses.

Semanas de retraso

Fuentes jurídicas cercanas al caso señalaban que no es de extrañar que, además de la carga de trabajo del juzgado, probablemente la sentencia contaba con un voto discordante, como sucedía cada vez que el tribunal tenía que decidir sobre los encausados, como, por ejemplo, cuando se desestimó su libertad provisional. Desde los interrogatorios, quedó claro que uno de los del tribunal estaba a favor de la condena; otro, de la absolución; y un tercero, dudoso, aunque más proclive a votar a favor de la condena.

De esta forma, el tribunal tenía que acordar todos los puntos de la sentencia y, en el caso en que hubiera voto particular, sería necesario redactar la sentencia mayoritaria y después el juez discordante debería redactar su visión de la sentencia. No obstante, argumentan estas fuentes, en este caso urge especialmente tener una resolución cuanto antes ya que los cinco encausados permanecen privados de libertad desde el 7 de julio de 2016.

La Audiencia de Navarra se divide en dos secciones, sobre las que recaen las apelaciones de todas las causas en fase de instrucción de Navarra, los recursos de las sentencias de los juzgados de lo penal, así como los juicios en primera instancia cuando las penas de prisión solicitadas superen los 5 años de prisión. En esta ocasión, la Fiscalía y las acusaciones solicitan entre 22 y 25 años para cada uno de los cinco acusados. La carga de trabajo, es por tanto, muy elevada, aunque el juzgado puede justificar legalmente este trabajo.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal recoge en su artículo 203 que "las sentencias se dictarán y firmarán dentro de los tres días siguientes al en que se hubiese celebrado la vista del incidente o se hubiese terminado el juicio". A pesar de ello, en su artículo 789, se recoge que "la sentencia se dictará dentro de los cinco días siguientes a la finalización del juicio oral". Para entender esta confusión es necesario recurrir al artículo 202, esto es, "serán improrrogables los términos judiciales cuando la Ley no disponga expresamente lo contrario. Pero podrán suspenderse o abrirse de nuevo, si fuere posible sin retroceder el juicio del estado en que se halle cuando hubiere causa justa y probada", que es precisamente lo que sucede en este proceso.

Se declaran inocentes

Los tres abogados defensores, por su parte, insistieron en que no hay pruebas que contradigan la versión de los cinco acusados de que las relaciones sexuales fueron consentidas, por lo que han defendido su inocencia, argumento que esgrimieron también los propios jóvenes al ejercer su derecho a la última palabra. Sin embargo, según el escrito de la acusación, los imputados taparon a la joven la boca, la rodearon, le bajaron su ropa interior y le obligaron a realizar felaciones a los cinco, y la penetraron, uno de ellos anal y vaginalmente, sin usar ninguno preservativo y "valiéndose de su superioridad física y numérica" y de la "imposibilidad" de la joven de "ejercer la más mínima resistencia".

Mientras, dos de ellos "sin el conocimiento ni consentimiento" de la chica, hicieron grabaciones de vídeo y fotografías con sus móviles, "con la intención de vulnerar la intimidad de la víctima y posteriormente mostrarlos, enviarlos y difundirlos a su grupo de amigos". Cuando "se dieron por satisfechos" y antes de abandonar el lugar, según el escrito, se vistieron y se apoderaron del móvil de su víctima, con lo que se aseguraban de que "no pudiera solicitar auxilio".

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