Sobreseen la causa contra el expresidente de las Cortes de CyL en Caso Gürtel

  • El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha sobreseído la causa contra el exconsejero de Fomento y expresidente de las Cortes regionales, José Manuel Fernández Santiago, quien había sido imputado por supuesta prevaricación en la adjudicación de la variante de Olleros de Alba (León) en 2002, relacionada con la trama Gürtel.

León, 10 abr.- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha sobreseído la causa contra el exconsejero de Fomento y expresidente de las Cortes regionales, José Manuel Fernández Santiago, quien había sido imputado por supuesta prevaricación en la adjudicación de la variante de Olleros de Alba (León) en 2002, relacionada con la trama Gürtel.

La sentencia sobresee "parcial y provisionalmente" las actuaciones respecto a Fernández Santiago y otros once funcionarios y técnicos imputados, entre los que se encuentra el director general de Carreteras de la Junta de Castilla y León, Luis Alberto Solís, según la resolución facilitada hoy por el TSJCyL.

El fallo judicial declara además prescrito el delito de cohecho atribuido a Fernández Santiago y deja sin efecto las imputaciones a Rafael Martínez Molinero, José Martínez Núñez y José Luis Martínez Parra, responsables de la empresa Teconsa.

También remite al Juzgado Central de Instrucción número 5 las actuaciones relacionadas en el procedimiento con Francisco Correa, Luis Bárcenas, José Gerardo Galeote, Jesús Merino, Pablo Crespo, José Luis Izquierdo, Andrés Bernabé y Domingo Magariños, cuyas acusaciones de prevaricación y cohecho no ha sobreseído, a fin de que lo resuelva con arreglo a su propia competencia.

Las obras de la variante de Olleros de Alba, según el informe de la Fiscalía Anticorrupción, fueron adjudicadas por algo menos de 3 millones de euros a la empresa Teconsa, supuestamente a cambio de una comisión a Francisco Correa, quien a su vez la habría repartido con el entonces consejero de Fomento, José Manuel Fernández Santiago, y con otros miembros del PP, como los exparlamentarios Luis Bárcenas, Jesús Merino y Gerardo Galeote.

La condición de aforado de Fernández Santiago motivó que el TSJCyL conociera del asunto, cuyo instructor, César Balmori, expone en el fallo que el delito de cohecho ha prescrito al superar los cinco años, ya que la adjudicación se efectuó en 2002 y las primeras actuaciones penales se iniciaron en 2009.

Sin embargo, reconoce que en las referencias de un pago de 18.000 euros, que se recogía en la documentación incautada al contable de la trama Gürtel, aparecían siglas que podrían corresponder a Fernández Santiago, porque en la instrucción no se ha planteado ninguna alternativa.

"No se ha podido establecer, ni apuntado siquiera indiciariamente la existencia de otras personas concretas con tales siglas", precisa el auto al respecto.

Apunta que la referencia a Fernández Santiago en la documentación intervenida a Correa constituye un "hecho aislado", mientras que la de los nombres, sobrenombres, siglas o iniciales de Bárcenas, Galeote y Merino es "tan reiterada" que impide aislar esta operación, para prescribirla, de todas las demás de la causa matriz.

En la decisión judicial, que puede ser objeto de recurso de reforma ante el propio instructor, en un plazo de tres días, y de apelación ante el propio Tribunal Superior de Justicia en cinco días, se acuerda dejar también sin efecto la imputación contra los responsables de Teconsa, porque solo consta que pudo hacer pagos a Correa, que es un particular y bien pudo actuar como mediador, y por ello no se puede hablar del pago a un servidor público para que cometa una irregularidad.

Ambas razones sirven también para exculpar a Solís y a los otros diez funcionarios y técnicos del gobierno regional imputados.

El resto de actuaciones, referidas a personas que aparecen en otras piezas del caso Gürtel, entre ellos los presuntos líderes de la trama, se remitirán al Juzgado Central de Instrucción número 5, al entender que se trata de personas implicadas en otros hechos similares, por lo que no se podría hablar de prescripción si se determina que se trata de delitos continuados.

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