Sortu recurre ante el Tribunal Constitucional la prohibición de su inscripción como partido

  • Madrid.- Sortu ha recurrido hoy en amparo ante el Tribunal Constitucional la decisión adoptada el pasado 23 de marzo por el Tribunal Supremo de prohibir la inscripción de la formación abertzale en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior.

Sortu emplea los argumentos del Tribunal Constitucional sobre Bildu para pedir su inscripción
Sortu emplea los argumentos del Tribunal Constitucional sobre Bildu para pedir su inscripción

Madrid.- Sortu ha recurrido hoy en amparo ante el Tribunal Constitucional la decisión adoptada el pasado 23 de marzo por el Tribunal Supremo de prohibir la inscripción de la formación abertzale en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior.

La presentación del recurso ha corrido a cargo del abogado Íñigo Iruin -el mismo que representó a Sortu en la vista de las demandas contra su inscripción como partido presentadas por el Gobierno y la Fiscalía ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo-, que ha registrado el escrito en el Constitucional pasadas las 12.30 horas.

Antes, Iruin había intervenido en el Tribunal Supremo en la vista del recurso contra la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi del delito de enaltecimiento del terrorismo por su intervención en un mitin en el velódromo donostiarra de Anoeta el 14 de noviembre de 2004.

Sortu ha agotado el plazo de treinta días del que disponía para recurrir el auto del Supremo, que estimó probado el "intento de fraude" de ETA y Batasuna para volver a las instituciones "instrumentalizando" a la nueva formación abertzale, "con el fin de aprovechar los beneficios de todo tipo que proporciona a ésta la legalidad vigente".

La resolución de la Sala del 61, sin embargo, contó con el voto particular discrepante de siete de los dieciséis magistrados del tribunal, que sostuvieron que la consideración de Sortu como una "amenaza objetiva y grave" no era argumento suficiente para prohibir su inscripción y recordaron que el Derecho español no contempla la "ilegalización preventiva".

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