Supremo archiva querella a magistrados TC por negarse a pagar indemnización

  • El Tribunal Supremo ha archivado una querella del abogado José Luis Mazón contra los magistrados del Constitucional a quienes acusaba de prevaricación porque en una sentencia declararon que no debían indemnizarle, a pesar de haber sido condenados a ello, porque son inmunes dentro de su jurisdicción.

Madrid, 26 feb.- El Tribunal Supremo ha archivado una querella del abogado José Luis Mazón contra los magistrados del Constitucional a quienes acusaba de prevaricación porque en una sentencia declararon que no debían indemnizarle, a pesar de haber sido condenados a ello, porque son inmunes dentro de su jurisdicción.

En enero de 2004 el Tribunal Supremo condenó a once magistrados del Tribunal Constitucional a indemnizar a Mazón porque se habían negado -decía la sentencia- "lisa y llanamente" a entrar a resolver el recurso de amparo que éste había interpuesto, actuando así con "una negligencia profesional grave".

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo les impuso una condena a cada uno de estos magistrados a pagar una indemnización de 500 euros al letrado demandante al considerarlos "incursos en responsabilidad civil".

Estos magistrados condenados (el presidente Manuel Jiménez de Parga y Tomás Vives Antón, Pablo García Manzano, Pablo Cachón Villar, Vicente Conde Martín de Hijas, Guillermo Jiménez Sánchez, María Emilia Casas Baamonde, Javier Delgado Barrio, Elisa Pérez Vera, Roberto García Calvo Montiel y Eugenio Gay Montalvo) acudieron en amparo ante el propio Tribunal Constitucional.

Una composición diferente del mismo resolvió años más tarde la cuestión (bajo la presidencia de Pascual Sala y los magistrados Ramón Rodríguez Arribas, Manuel Aragón, Pablo Pérez Tremps, Francisco Hernando, Adela Asúa, Luis Ignacio Ortega, Francisco Pérez de los Cobos, Encarnación Roca, Andrés Ollero, Fernando Valdés y Juan José González Rivas).

Esos integrantes del Tribunal Constitucional, quienes son objeto de esta querella, resolvieron en 2013 con el informe favorable del fiscal (a quien también acusó Mazón y contra quien también archiva la querella el Supremo) que sus magistrados tienen inmunidad jurisdiccional sobre sus resoluciones y por tanto no debían pagar la indemnización.

Es decir, el TC dijo que la condena del Supremo fue errónea porque, en el ejercicio de sus funciones, los magistrados del TC son "inviolables, como el Rey" y no responden civilmente de sus decisiones.

El querellante consideró "delirante" esta jurisprudencia pero el Supremo considera ahora que la interpretación de la ley hecha por el alto tribunal debe prevalecer.

En concreto, la querella del abogado Mazón consideraba que los magistrados dictaron una resolución injusta a sabiendas, es decir, prevaricaron, por lo que deben ser inhabilitados, pero el Supremo resuelve que la querella no debe ser admitida, "por no ser los hechos constitutivos de ilícito penal alguno".

La querella señalaba que al concederse a sí mismos de manera arbitraria "un inexistente régimen de impunidad jurisdiccional" los magistrados incurrieron en delito.

El Supremo dice que la resolución en las que la querella pretende identificar la comisión del delito de prevaricación por ser arbitrarias aplica los mandatos legislativos y la propia jurisprudencia del Constitucional, por lo que "en modo alguno puede calificarse de injusta".

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