El Supremo estudiará si archiva la causa contra Casado tras el informe de Fiscalía

  • El tribunal se centrará en analizar si el presidente del PP se concertó o no con el director del máster para obtener el título de manera irregular.
Fotografía Pablo Casado con periodistas / EFE
Fotografía Pablo Casado con periodistas / EFE

Tras el pronunciamiento de la Fiscalía a favor de que se archive el caso del máster de Pablo Casado, ahora le toca a la Sala de Admisión del Tribunal Supremo decidir si abre causa contra el líder del Partido Popular por los delitos de cohecho impropio y prevaricación administrativa o, por el contrario, sobresee las actuaciones.

La jueza del bautizado como ‘caso Máster’, Carmen Rodríguez-Medel, elevó exposición razonada al alto tribunal a principios de agosto debido a la condición de aforado de Casado y ante los indicios, no solo de que recibió un “regalo” –que es como calificó el máster de Derecho Autonómico y Local que cursó en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC)- sino de que tuvo una participación activa para lograrlo desde el primer momento.

Y, según fuentes jurídicas consultadas por La Información, este va a ser el punto clave sobre el que sustentarán su decisión los cinco magistrados que estudiarán si abrir causa o no contra el presidente popular. Así, en lo que respecta al delito de cohecho, estaría prescrito al tratarse de hechos que ocurrieron hace diez años y solo tendría trascendencia penal si hubiera concurso medial con el delito de prevaricación; esto es, si se demuestra que Pablo Casado estaba concertado con los otros imputados de la causa para obtener este título cursando solo cuatro de las 22 asignaturas de las que se componía.

Al respecto, el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, expuso en su escrito del pasado viernes que la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid no aportó en su exposición razonada “dato alguno” que avalara esa presunta existencia de concierto previo entre Casado, en calidad de alumno y el catedrático de quien dependía el máster, Enrique Álvarez Conde, entonces director del Instituto de Derecho Público de dicha universidad y también investigado en la causa.

Por tanto, se estudiará si Casado –presidente de las Nuevas Generaciones del PP en el momento de los hechos- cometió el delito de prevaricación en calidad de cooperador necesario en los cuatro comportamientos que recoge la exposición razonada de Rodríguez Medel, y que, son el momento inicial de matrícula del máster, el pago de las tasas, la petición de que le convalidaran 18 asignaturas (40 créditos) y finalmente la aceptación del título.

De esta manera, la cuestión sobre la que se sustenta la apertura o no de procedimiento es si el presidente popular se matriculó en este máster con el previo concierto del principal investigado en la causa para obtener el título sin acudir a clase y aprobando solo 20 créditos, o por el contrario, no hubo intención alguna de amaño.

Tres vías

Tras el estudio de la exposición razonada, del criterio de la Fiscalía y del escrito del propio Casado, el tribunal que integra el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, junto con los magistrados Miguel Colmenero, Francisco Monterde, Ana Ferrer y el instructor del ‘procés’ Pablo Llarena, podrá optar por tres vías de actuación.

La primera sería concluir que, con las pruebas existentes, no hay indicio de responsabilidad penal y por tanto archivar la causa, de acuerdo con la postura del Ministerio Fiscal, mientras que la segunda, por el contrario, consistiría admitir a trámite la petición de la magistrada de Plaza de Castilla y nombrar un juez instructor que acuerde las diligencias que estime oportunas. Una tercera opción sería devolver la exposición a Rodríguez-Medel para que recabe más indicios de delito.

Aunque no hay un calendario de plazos establecido, todo apunta que los magistrados no dilatarán mucho en el tiempo su decisión sobre la responsabilidad penal del presidente popular en estos hechos, máxime tras contar con el contundente informe de la Fiscalía que no aprecia indicio de delitos en esta causa y con la decisión de la juez instructora que ha pedido a la Fiscalía de Madrid para que se pronuncie sobre el archivo de la causa respecto a tres compañeras de Casado que están imputadas en la investigación vigente por los mismos delitos.

Antecedentes en el Supremo

Cabe destacar que el Tribunal Supremo se pronunció por primera vez el año pasado sobre una causa similar y acabó condenando a siete años de inhabilitación a un profesor de la Universidad de Granada al puntuar con sobresaliente a una alumna en un examen que no hizo.

La Sala rechazó el recurso presentado por el docente contra la sentencia de la Audiencia de Granada y confirmó su condena por los hechos, que tuvieron lugar en el año 2008, y permitieron que la alumna obtuviera su licenciatura de Pedagogía. Sin embargo no hubo consecuencia penal alguna para la alumna por estos hechos.

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