Supremo condena a Ros Roca a pagar 1,5 millones por vulnerar una patente

  • El Tribunal Supremo ha confirmado que el fabricante catalán de sistemas de recogida de residuos Ros Roca deberá indemnizar a la empresa sueca Envac con cerca de 1,5 millones de euros por haber vulnerado una de sus patentes.

Madrid, 24 oct.- El Tribunal Supremo ha confirmado que el fabricante catalán de sistemas de recogida de residuos Ros Roca deberá indemnizar a la empresa sueca Envac con cerca de 1,5 millones de euros por haber vulnerado una de sus patentes.

En una sentencia publicada hoy, el Alto Tribunal ha desestimado los recursos de Ros Roca y ha establecido que la empresa catalana deberá resarcir a Envac con el 20 % de la facturación obtenida desde enero de 2005 por los sistemas de recogida de residuos en los que se utilizó la patente de la firma sueca, tal y como había fijado el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona.

El litigio data del 16 de marzo de 2006, cuando Envac Centralsug presentó una demanda contra Ros Roca por entender que esta última venía comercializando, instalando y ofertando de forma reiterada sistemas de recogida automática de basuras donde incorporaba la tecnología protegida por una patente que ella tenía registrada en Europa.

La referida patente protege un método de recogida de basuras consistente en una red de tuberías subterráneas que permiten transportar los deshechos desde los lugares en que se generan o depositan hasta una central de recogida mediante la fuerza de corrientes de aire, lo que reduce el consumo de energía.

En un comunicado, la empresa sueca criticó que "Ros Roca se presentaba a los clientes, tanto en licitaciones públicas como en contrataciones privadas, mostrando el mencionado método patentado como la gran ventaja diferencial frente a la tecnología de Envac, la que paradójicamente era la propietaria de dicha tecnología industrial".

Envac había presentado en enero de 2005 en la Oficina Española de Patentes y Marcas la traducción al español del fascículo por el que la Oficina Europea de Patentes le concedía la patente europea, que no se publicó en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial hasta mayo de aquel año.

La Audiencia Provincial de Barcelona, que también consideró vulnerada la patente por parte de Ros Roca, había establecido el mes de mayo para empezar a computar la indemnización que debía pagar Ros Roca, lo que ha sido rechazado por el Supremo.

En el comunicado, Envac destacó que los cambios en la fecha eran muy importantes para cuantificar la indemnización porque entre enero y mayo de 2005 a Ros Roca se le concedieron volúmenes de contratación muy importantes en varios municipios españoles para diseñar y construir proyectos de gestión de residuos usando el proceso patentado.

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