Comunica la decisión a la Junta Electoral

El Supremo condena al diputado Alberto Rodríguez por atentado a la autoridad

La pena de cárcel de 1 mes y 15 días se sustituye por una multa de 90 días con una cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros).

El secretario de Organización de Podemos y diputado de Unidas Podemos en el Congreso, Alberto Rodríguez
El secretario de Organización de Podemos y diputado de Unidas Podemos en el Congreso, Alberto Rodríguez
Europa Press

La Sala II del Tribunal Supremo ha condenado al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez Rodríguez como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad a la pena de 1 mes y 15 días de prisión. La pena de prisión se sustituye por la pena de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros). La sentencia incluye un voto particular discrepante de los magistrados Susana Polo y Leopoldo Puente, 2 de los 7 que han formado el tribunal, en el que sostienen que la sentencia debió ser absolutoria, ya que la prueba practicada en el juicio está “muy lejos” de ser suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia.

Según comunica el alto tribunal en una nota, Rodríguez es absuelto de un delito leve de lesiones, como consecuencia de la despenalización de las faltas en 2015, aunque tendrá que pagar 50 euros como indemnización de responsabilidad civil al agente del Cuerpo Nacional de Policía al que, según los hechos probados, propinó una patada en una manifestación en 2014 en La Laguna (Tenerife). El fallo añade que se notifique la sentencia a la Junta Electoral Central a los efectos oportunos.

La sentencia considera probado que el 25 de enero de 2014, en la localidad de La Laguna, con ocasión de la reapertura de la catedral, se organizaron distintos actos a los que estaba previsto que asistiera el entonces ministro de Educación y Cultura, José Ignacio Wert. La Policía organizó un dispositivo en las inmediaciones al tener conocimiento de que se había convocado una manifestación bajo el lema “Rechazo a la LOMCE”.

Añade el relato de hechos que, sobre las 11,00 horas de la mañana, tras el vallado trenzado colocado como protección en las proximidades de la catedral, protegido por efectivos policiales, se fue congregando un grupo de unas 500 personas que “comenzaron a proferir gritos e insultos contra los agentes y contra el citado Ministro”.

“En un momento determinado, los congregados comenzaron a arremeter contra el vallado, lanzando las vallas contra los agentes, así como objetos diversos como piedras, botellas de agua y otros”, señala la sentencia, que indica que ello “motivó que una unidad policial que estaba preparada como reacción, se situara entre el vallado y los congregados, tratando de mantener la línea de protección, y auxiliando a los agentes que procedían a la detención de aquellos a los que habían visto desarrollar una actitud más agresiva”.

Mostrar comentarios