El Supremo confirma el procesamiento de Puigdemont y el resto de investigados

  • El juez Pablo Llarena apunta además por primera vez a la conspiración para la rebelión y sedición, negando que fueran cometidos de forma improvisada.
Puigdemont sigue siendo el candidato de JxCat
Puigdemont sigue siendo el candidato de JxCat

El juez del Tribunal Supremo Llarena ha rechazado los recursos de reforma del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y otros 22 investigados en el caso del 'procés', de forma que confirma su procesamiento en la causa.

En un auto, el magistrado desestima los 23 recursos presentados, los exconsellers huidos Antoni Comín y Meritxel Serret han rehusado hacerlo, contra el auto de procesamiento que él mismo dictó el pasado 21 de marzo por delitos de rebelión, malversación y desobediencia, por lo que ahora las defensas recurrirán a la Sala de Apelaciones del alto tribunal.

Por otra parte, y en cuanto al recurso de Vox, que reclamaba incluir en el procesamiento al expresidente de la Generalitat Artur Mas y a la presidenta de la AMI, Neus Lloveras, el juez lo rechaza porque en la investigación no se ha incorporado ningún elemento probatorio que les vincule suficientemente ni con el ejercicio de la violencia desplegada ni con que previeran su utilización en el momento en el que desplegaron su actuación.

Asimismo, responde a la "inviolabilidad parlamentaria" esgrimida por los miembros de la Mesa de Parlament contra su procesamiento por delito de desobediencia, y les contesta que la misma no protege a quien convierte la sede de representación ciudadana "en un mero instrumento para facilitar la ejecución de una actuación delictiva" ideada desde fuera de la actividad parlamentaria.

En este sentido, asegura que ello no es así "no sólo porque su actuación desborda su labor parlamentaria, al importar y convertir la sede de representación ciudadana en un mero instrumento para facilitar la ejecución de una actuación delictiva ideada, propiciada, impulsada y coordinada desde fuera de la actividad parlamentaria, sino porque ejercieron su parlamentarismo con desatención de los mandatos que, en defensa de los derechos constitucionales de todos, emitió el Tribunal Constitucional, y que lo hizo precisamente en aplicación de los mecanismos que el ordenamiento jurídico establece para conducir la actuación del Parlamento Estatal y de los Parlamentos autonómicos", concluye.

A lo largo de su resolución rechaza la pretensión de algunos de los recurrentes que cuestionan el procesamiento por el delito de rebelión por entender que no se ha producido un alzamiento violento o por ausencia de la finalidad secesionista que exige este tipo penal.

Señala que la actuación desplegada por los procesados el día 20 de septiembre frente a la Consejería de Economía, en protesta por el registro judicial que allí se desarrollaba, satisface inicialmente la consideración de fuerza violenta y que en los acontecimientos del 1-O ésta se expresó con el resultado lesivo de numerosos agentes, lo que patentiza su concurrencia en los hechos que se enjuician en un comportamiento que va más allá de la legítima reivindicación de un posicionamiento político-ideológico.

En esta misma línea, considera que las actuaciones violentas no se muestran como un resultado imprevisto en la movilización impulsada por los investigados, sino que fue "conscientemente asumida y buscada para la ejecución de estos hechos, de suerte que el dolo eventual que apuntan los recursos, sólo se muestra como la inferencia subordinada a la concurrencia de un dolo directo".

Del mismo modo, niega que "la violencia ejercida careciera de idoneidad, relevancia y suficiencia como para lograr la consecución del fin secesionista que integra el delito de rebelión. Es cierto que la funcionalidad de la violencia, si bien no exige que resulte irresistible o invencible para quien la soporta, sí ha de presentar una suficiencia y eficacia que objetivamente la habilite para la consecución del resultado".

El magistrado destaca que la insurrección en la que se insertó esta movilización con expresiones de violencia fue de tal envergadura que dos días después de la votación y de que se impulsaran nuevas movilizaciones con cortes de carreteras, su Majestad el Rey, como jefe del Estado, dirigió un mensaje a la Nación y reclamó al Gobierno de la Generalitat de Catalunña que respetara el orden constitucional democrático, y apeló a todos los funcionarios del Estado y de las Comunidades Autónomas a que cumplieran con sus obligaciones constitucionales.

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