Supremo español invalida liberación de narcos por reforma Justicia Universal

  • El Tribunal Supremo español invalidó hoy por unanimidad la excarcelación de 53 narcotraficantes acordada por la Audiencia Nacional, tribunal que interpretó que la reforma de la Justicia Nacional eliminaba la competencia para esos delitos de las autoridades españolas.

Madrid, 23 jul.- El Tribunal Supremo español invalidó hoy por unanimidad la excarcelación de 53 narcotraficantes acordada por la Audiencia Nacional, tribunal que interpretó que la reforma de la Justicia Nacional eliminaba la competencia para esos delitos de las autoridades españolas.

La Fiscalía Antidroga recurrió las excarcelaciones de 13 narcotraficantes egipcios y de 8 sirios y ahora el Supremo le ha dado la razón, en una decisión que afectará no solamente a esos casos concretos sino a también otros que han llevado a la Audiencia Nacional a liberar indebidamente a cerca de cincuenta narcotraficantes.

Se trataba de perfilar si la reforma de la justicia universal eliminaba la competencia de las autoridades españolas para perseguir delitos cuyos supuestos responsables hubieran sido detenidos en aguas internacionales, a bordo de un barco sin pabellón y en posesión de droga no destinada a España.

El Alto Tribunal considera que los abordajes a barcos de narcotraficantes, aunque sean en aguas internacionales, son aceptables si se producen por fuerzas policiales españolas contra naves que se encuentren frente a costas de este país.

A partir de su errónea interpretación de la ley, la Audiencia Nacional acordó la liberación de cincuenta y tres presuntos narcotraficantes que deberán ser ahora perseguidos mediante órdenes de detención internacionales contra ellos.

Los casos concretos que estudió hoy el Supremo se referían a la detención de 13 sospechosos egipcios en aguas del Mar de Alborán en las que navegaba su barco (cargado con 16 toneladas de hachís) cuando fue abordado eran internacionales y a otro grupo de delincuentes sirios en similares circunstancias.

La reforma que limita la Justicia Universal fue aprobada en marzo por el Parlamento español con el único respaldo del gobernante Partido Popular (centroderecha) y el rechazo de la oposición.

Según esa norma los jueces españoles sólo podrán investigar delitos de genocidio o lesa humanidad cometidos fuera del territorio nacional cuando la causa sea contra ciudadanos españoles o ciudadanos extranjeros que residan habitualmente en España, o bien cuya extradición al país hubiera sido denegada.

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