Rechaza la medida cautelar del sindicato CESM

El TS ordena al Gobierno que proteja a los sanitarios con todas las medidas posibles

  • Encarga también a Sanidad un informe quincenal sobre las medidas adoptadas y el reparto de material de protección entre las comunidades. 
Carencia de equipos en hospitales de Madrid
Carencia de equipos en hospitales de Madrid

El Tribunal Supremo ha vuelto a rechazar las medidas cautelares que el sindicato médico CESM solicitó para proveer con carácter de urgencia material de protección a los centros sanitarios. Ahora bien, la Sala de lo Contencioso ha acordado requerir al Ministerio de Sanidad para que distribuya de la manera más óptima posible los medios de protección con los que cuenta en la actualidad con el fin de frenar el contagio del coronavirus. Además, le encarga un informe quincenal en el que detalle las medidas adoptadas, los medios puestos a disposición de los profesionales sanitarios y la distribución de los mismos entre las comunidades autónomas. 

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos denunció ante el alto tribunal inactividad por parte del departamento que dirige Salvador Illa para proteger a los sanitarios y pidió -primero como medida cautelarísima y luego como cautelar- que suministrara mascarillas y equipos EPI a los sanitarios denunciando que se había vulnerado el derecho a su integridad física. El Supremo, que ya denegó admitir las medidas cautelarísimas, rechaza esta pretensión con el criterio favorable de la Fiscalía y de la Abogacía General del Estado y matiza que en este momento procesal no puede analizar si existe o no inactividad de la Administración puesto que ese trámite se resuelve cuando se entra en el fondo de la cuestión. 

No obstante, la Sección Cuarta de lo Contencioso razona que ha podido confirmar que existe carencia de medios de protección necesarios para todos los sanitarios del país. Por ese motivo ordena a Sanidad que adopte todas las medidas que tenga a su alcance para lograr una mayor distribución del equipo de protección y, además, encarga que se le informe del avance del asunto cada dos semanas. Los datos que el Ministerio debe incluir en sus documentos al alto tribunal consisten en listado de medios facilitados y su distribución entre las comunidades autónomas.

El sindicato, que cifra en 28 los sanitarios fallecidos en España y en 31.000 los contagiados, expuso en su escrito que la Administración no había garantizado el material de protección necesario de acuerdo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del propio Ministerio de Sanidad y denunció además que es un hecho "público y notorio" que los sanitarios estaban realizando su trabajo sin unas "condiciones mínimas" de seguridad. Los servicios jurídicos del Gobierno discrepan de su argumento y responden que no se le puede reprochar jurídicamente al Ejecutivo dejación de funciones. 

La Abogacía apunta que el Gobierno no ha incumplido el artículo 12.4 del real decreto 463/2020 por el que se regula el estado de alarma. Asegura que este punto lo que delimita es que se distribuyan los medios personales y materiales "acompasadamente a las necesidades que se pongan de manifiesto". En lo que respecta al segundo precepto, alega que el Ministerio de Sanidad ha acometido la normativa "de forma diligente" y lo ha hecho de forma directa colaborando con las consejerías de sanidad de las comunidades autónomas. Finalmente le afea al sindicato que no reclamara estas medidas a la Administración antes de acudir al alto tribunal. 

La protección del sanitario

Los magistrados hacen suyos estos argumentos en su respuesta y se acogen a sus pronunciamientos del pasado 25 y 31 de marzo, también a requerimiento del sindicato CESM. No obstante, a diferencia de las alegaciones del Ministerio Fiscal y de la Abogacía, recuerdan que en el trámite de resolución de medidas cautelares no se entra en el fondo del asunto. Por tanto no valoran en este momento si la Administración ha incumplido con sus funciones de proteger a todos los sanitarios del país en su lucha por frenar el contagio del coronavirus. Sí admiten que no cabe duda acerca de que el "interés público común" en plena lucha contra la pandemia adquiere una carácter "esencial".   

"Es notorio que los profesionales sanitarios no han contado con todos los elementos de protección necesarios. El Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal vienen a reconocerlo a pesar de las medidas adoptadas que constan en los documentos", reza el auto de la Sala el cual admite también que es necesario requerir a Sanidad una mejor distribución de todos los equipos de protección teniendo en cuenta que la misma "no ha alcanzado la plena efectividad". Los médicos han denunciado en varias ocasiones desde el inicio de la crisis que no contaban con los EPI correctos para tratar a los pacientes. Una situación que se agravó después de que el Ejecutivo comprara a China mascarillas defectuosas y test no fiables si bien Pedro Sánchez zanjó la polémica este fin de semana y garantizó abastecimiento a la par que anunció que iba a fijar el precio de las mascarillas.

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