Fallo unánime de la Sala de lo Penal

El Supremo confirma la inhabilitación a Torra y provoca su marcha del Govern

El alto tribunal ratifica la condena del TSJ catalán de un año y medio de inhabilitación por desobedecer de forma "contumaz y obstinada" a la JEC.

Quim Torra
La defensa del presidente catalán denunció que la sentencia estaba redactada de antemano. 
EFE

Quim Torra se ha convertido en el primer presidente en activo inhabilitado por el Tribunal Supremo. Según confirman fuentes jurídicas a La Información, la Sala de lo Penal ha acordado por unanimidad confirmar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del pasado diciembre en la que se le condenó a un año y medio de inhabilitación y multa de 30.000 euros por colgar una pancarta en el balcón de la Generalitat de Cataluña a favor de los presos catalanes en plena campaña electoral. Los magistrados fallan de esta forma en contra del recurso estudiado hace apenas 11 días y provoca con esta decisión su renuncia como mandatario catalán en medio de un panorama de incertidumbre política. 

La sentencia, de 133 páginas y de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, ratifica que Torra desobedeció de forma "contumaz y obstinada" a la Junta Electoral Central (JEC) y que los acuerdos tomados en este órgano no vulneraron los derechos a la libertad ideológica y la libertad de expresión del presidente catalán. El objeto de todo este asunto, según sentencia el fallo, no es analizar la condena del líder independentista desde la perspectiva de la libertad de expresión (puesto que como ciudadano libre puede realizar las manifestaciones que reflejen su identidad política) sino la desobediencia a las "reiteradas órdenes" de un órgano institucional como es la JEC.  

El alto tribunal revisó el 17 de septiembre el recurso presentado por la defensa del presidente catalán tras su condena del pasado mes de diciembre. El TSJ de Cataluña consideró que Torra había cometido delito de desobediencia al no acatar las órdenes de la Junta Electoral Central (JEC) con las pancartas en apoyo a los presos del procés. La sentencia determinó que Torra fue apercibido para que retirara los símbolos en favor de los líderes independentistas y que "siempre tuvo pleno conocimiento" de las advertencias pese a que no cumplió con los requerimientos. Su defensa, por su parte, expuso en la vista de septiembre que todo este procedimiento tenía tintes políticos y que el tribunal sentenciador no había sido imparcial. 

Reconoció la desobediencia 

La sentencia que firman cinco magistrados de la Sala de lo Penal añade además que Torra "en todo momento, con anterioridad, durante y después del juicio oral" no ha negado la exhibición de pancartas ni de otros símbolos en edificios públicos, como ya recogió la sentencia condenatoria del pasado mes de diciembre. "Las resoluciones de la Junta Electoral Central fueron dictadas con arreglo a Derecho y el mandato contenido en los Acuerdos de 11 y 18 de marzo era claro y perfectamente comprensible, tanto en el fondo como en los plazos establecidos para su cumplimiento y, vistos los informes en la Delegación del Gobierno, no fueron ejecutados por el MHP" reza el fallo el cual se ampara además en los informes de la Direcció General de Serveis Consultius i de Coordinació Jurídica y en los dictámenes del Síndic de Greuges.

Al respecto, los magistrados hacen hincapié en la "contundente, reiterada, contumaz y obstinada resistencia del acusado a acatar un mandato investido de autoridad y dictado conforme a la legalidad". Y añaden que prueba de que Torran no acató las órdenes dictadas es que "no solo no ordenó la retirada en las fachadas de los edificios dependientes de la Generalitat de los lazos amarillos y de las banderas esteladas en el plazo establecido" sino que llegó a decidir, en algunos casos, que éstos se sustituyeran por otros lazos blancos y cruzados por una raya roja. "No cabe duda, pues, de que además de desatender el mandato de la JEC asistimos a una voluntad consciente y a una disposición anímica inequívoca de contravención".

"El recurrente es presidente de la Generalitat y además escritor y abogado con una preparación y conocimientos jurídicos superiores a la media, lo que unido a los distintos informes remitidos por los Servicios Jurídicos de la propia Generalitat en fechas anteriores a las que nos ocupan sobre la exhibición de simbologías en las sedes de la administración autonómica hacen  concluir que el hoy recurrente disponía de suficientes elementos sobre la obligación de acatar los mandatos de la JEC", subrayan los magistrados los cuáles, además, aseguran que los informes escritos aquellos días "despejan cualquier duda acerca de la plena conciencia" que tenía el acusado sobre los efectos de seguir colgando esas pancartas en favor de los presos del procés. 

Inhabilitación efectiva 

Apenas unas horas después de conocerse la sentencia del Supremo, el tribunal sentenciador ha dictado un auto por el que acuerda la ejecución del fallo. De este modo, hace efectiva desde hoy su inhabilitación y acuerda, además, que se dé traslado no solo al presidente de la Generalitat sino también a su número dos, Pere Aragonés. El tribunal ordena que se emita un oficio al político de ERC para que active la sustitución interina prevista en el artículo 6,2 de la Ley 3/2008. Asimismo, y teniendo en cuenta que Torra fue elegido por el Parlament y tiene la representación ordinaria del Estado de Cataluña, la resolución también se pondrá en conocimiento de la Delegada del Gobierno en Cataluña, Teresa Cunillera. 

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