Borja Thyssen y Blanca Cuesta afrontan tres años de cárcel por fraude a Hacienda

  • La Fiscalía les acusa de defraudar a las arcas públicas un total de 336.417 euros correspondientes al ejercicio fiscal de 2010.
Borja Thyssen y Blanca Cuesta
Borja Thyssen y Blanca Cuesta
EFE

Borja Thyssen y su pareja Blanca Cuesta se enfrentan a una petición de la Fiscalía de Madrid de tres años de cárcel y multa de un millón de euros por defraudar presuntamente 336.417 euros a Hacienda. El Ministerio Público les acusa de presentar en la declaración de la renta del año 2010 unas ganancias patrimoniales de 2,2 millones de euros por la venta de participaciones de la sociedad Cas Capetó S.L (de la que era administradora única la nuera de la baronesa Thyssen) cuando en realidad ganaron 3,7 millones, por lo que ocultaron a la Hacienda Pública un total de 1,5 millones de euros.

De acuerdo con el relato de los hechos que efectúa la sección de delitos económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid, en febrero de ese año se trasmitieron las participaciones de Cas Capetó en virtud de tres escrituras públicas de compraventa otorgadas por cada una de la tres personas que participaban en la sociedad y que eran Borja Thyssen, su mujer Blanca Cuesta y Caribean Breeze S.L, quienes ostentaban el 50 por ciento, 40 por ciento y 10 por ciento de la misma, respectivamente. Dicha transmisión se efectuó a dos sociedades holandesas: Princess Four BV, Hermosa Beach Holding BV y Martínez Investments BV.

Los investigadores aseguran que se trató de una "operación simulada" y ponen el foco en Caribean Breeze (de la que era titular el matrimonio) puesto que no solo carece de trabajadores sino que no constan datos oficiales de operaciones con terceros y tampoco se encuentran depositadas las cuentas anuales de ningún ejercicio en el Registro Mercantil. De hecho, y siempre según el relato de la Fiscalía, no presentaron declaración del Impuesto sobre Sociedades en ningún ejercicio, excepto en el 2005, cuando comenzó la inspección.

Venta de la sociedad por cerca de 10 millones de euros

El activo de Cas Capetó, por su parte, estaba constituido principalmente por una casa en Ibiza que igualmente carecía de personal contratado y de actividad económica de ningún tipo, según el escrito de acusación que cifra la operación de venta de participaciones en 9,7 millones de euros. Por cuotas de participación, 4,1 millones pertenecían al hijo de la baronesa; 3,3 millones a su esposa; 839.463 euros se correspondían con la venta de las participaciones de las que era titular Caribean Breeze y 1,3 a la cesión de un crédito del que era titular Borja Thyssen.

El Ministerio Fiscal denuncia que en realidad el matrimonio utilizó Caribean Breeze como sociedad interpuesta para comprar Cas Capetó en el año 2005, simulando la adquisición del 10% de las participaciones de Cas Capetó SL por Caribbean Breeze. De esta manera, Borja Thyssen-Bornemisza adquirió 'formalmente' un 50% y Blanca Cuesta un 40% aunque la realidad es que adquirieron un 57 y un 43 por ciento de la sociedad, respectivamente, puesto que el 10% que iba a parar a la sociedad era en realidad del matrimonio.

"Beneficio fiscal ilícito"

La Fiscalía considera que ambos actuaron "guiados por un ánimo de obtener un beneficio fiscal ilícito" y por eso procede imputarles la ganancia de 839.463 euros que obtuvo Caribbean con la venta de su participación de Cas Capetó. Ambos acusados presentaron la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2010 en su modalidad de tributación conjunta y en ella declararon una ganancia patrimonial de 2,2 millones de euros por la venta de las participaciones de Cas Capetó cuando en realidad la ganancia real obtenida por los acusados con la venta de tales participaciones ascendió a 3,7 millones de euros. Asimismo, la Fiscalía tampoco encuentra justificado la transmisión "onerosa" de 1,3 millones de euros del supuesto crédito de Borja Thyssen frente a Cas Capetó.

"Borja Thyssen-Bornemisza realizó transferencias a Cas Capetó pero a continuación recibió una serie de bienes y servicios que deberían haber tributado como retribución en especie (cosa que no hizo). Por todo ello no puede aceptarse que la cantidad de 1,3 millones de euros constituya un crédito de Thyssen contra la sociedad, sino un mayor precio por la venta de las participaciones" de la sociedad del matrimonio, sentencia el escrito acusador.

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