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El TC prepara un fallo contra el cierre del Congreso el primer estado de alarma

La ponencia sobre este asunto ha correspondido al magistrado conservador Antonio Narváez, y se incluyó en el orden del día del Pleno que comenzó el pasado martes.

Una persona camina por las inmediaciones del Tribunal Constitucional, a 1 de julio de 2021, en Madrid, (España).
01 JULIO 2021;VOX;RECURSO;TRIBUNAL;CONSTITUCIONAL
Jesús Hellín / Europa Press
1/7/2021
Tribunal Constitucional. 
Europa Press

El Tribunal Constitucional (TC) elabora una sentencia contra los acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados por los que se suspendió el cómputo de plazos reglamentarios en la cámara baja en marzo de 2020, al inicio del estado de alarma por la pandemia por Covid-19. Según han confirmado en fuentes jurídicas Europa Press, el Pleno del tribunal de garantías prevé declarar inconstitucionales esos acuerdos por los que se limitaba la actividad parlamentaria. La ponencia sobre este asunto ha correspondido al magistrado conservador Antonio Narváez, y se incluyó en el orden del día del Pleno que comenzó el pasado martes.

La mayoría del Tribunal Constitucional (TC) ve inconstitucional la suspensión de la actividad parlamentaria durante las primeras semanas del primer estado de alarma. Fuentes jurídicas han informado a Efe de que el Pleno del tribunal de garantías ha aplazado la votación del recurso de Vox porque el borrador presentado por el magistrado Antonio Narváez, que pedía desestimarlo, no contaba con los apoyos suficientes.

Así, una mayoría conservadora del tribunal ha impuesto al ponente que modifique el proyecto de sentencia para que incluya los argumentos que comparten con el recurso de amparo de Vox, que calificó de "secuestro" el cierre del Congreso. La intención del tribunal pasa por estudiar el nuevo borrador de sentencia en el próximo pleno, aunque las fuentes anticipan que previsiblemente ocurrirá lo mismo que con el primer estado de alarma, es decir, que se declare inconstitucional por una ajustada votación de seis votos a cinco.

La suspensión de la actividad parlamentaria duró un mes, del 14 de marzo al 13 de abril, motivado por la emergencia sanitaria que derivaba de la adopción del primer estado de alarma, si bien esa parte del tribunal estima los argumentos del partido de Santiago Abascal de que se vulneró el derecho al control del Ejecutivo por parte del poder legislativo.

De ser finalmente así sería el segundo golpe al Gobierno por su actuación durante la pandemia, una vez que el tribunal de garantías ya declaro inconstitucional el primer estado de alarma y ahora todo apunta a que hará lo mismo con el cierre de la cámara baja que no permitió a los parlamentarios ejercer sus funciones.

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