Un ayuntamiento cántabro, condenado por no celebrar plenos y no rendir cuenta

  • Un Juzgado de Santander ha condenado al ayuntamiento cántabro de Hazas de Cesto a convocar plenos ordinarios y a formular la cuenta general tal y como prevé la ley, ya que no se presentó la de 2012 y, además, desde el inicio del mandato solo se habían celebrado cuatro sesiones plenarias.

Santander, 26 ene.- Un Juzgado de Santander ha condenado al ayuntamiento cántabro de Hazas de Cesto a convocar plenos ordinarios y a formular la cuenta general tal y como prevé la ley, ya que no se presentó la de 2012 y, además, desde el inicio del mandato solo se habían celebrado cuatro sesiones plenarias.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander (contra la que cabe recurso) condena al Ayuntamiento de Hazas de Cesto por vulneración de los derechos fundamentales de una concejal de La Unión (LU).

En concreto, la edil denunció que la Alcaldía, que ocupa el regionalista José María Ruiz, no convocaba los plenos en los plazos legales y no había presentado la cuenta general de 2012.

La sentencia acepta la demanda de la concejal de forma íntegra y, en cuanto a los plenos, reconoce que "poca duda hay" de que el Ayuntamiento no los convoca.

Destaca que desde que se constituyó el Ayuntamiento, en julio de 2011, hasta que se produjo la reclamación de la edil, dos años más tarde, sólo se habían celebrado y convocado cuatro sesiones ordinarias, cuando la Ley de Bases de Régimen Local establece que en los municipios de hasta 5.000 habitantes (como Hazas de Cesto) debe haber cada tres meses.

El juez rechaza la justificación que se dio por parte del Consistorio de que esos plenos no eran necesarios en Hazas de Cesto porque no había asuntos que tratar y porque hay escasez de funcionarios y medios.

En la sentencia, se subraya que las sesiones del pleno, y en especial las ordinarias, "son el instrumento inmediato y común de control de la actuación de la Alcaldía".

El juez también incide en que, a la vista de las actas de los plenos ordinarios, el apartado de ruegos y preguntas ha dado lugar "a amplios debates municipales".

En cuanto a la no presentación de la cuenta general de 2012, la sentencia recoge que no se ha producido un mero retraso y advierte de que es "una cuestión de especial relevancia en los tiempos actuales" en los que "constantemente se reclama la actuación escrupulosa de las administraciones (en especial las locales) en materia de transparencia en el control del gasto público".

El juez rechaza el argumento del tamaño del Ayuntamiento de Hazas de Cesto (unos 1.500 habitantes). "Se trata de una entidad local que existe y que por ello debe contar con todos los medios para cumplir sus fines de servicio público, y hacerlo en los plazos y forma que exige la ley", razona.

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