Un juez ordena devolver el canon digital a un abogado que usó CD's para datos propios

  • El letrado demostró queusó los CD para copiar juicios, que son actos públicos, y que por tanto no los había utilizado para reproducir obras protegidas por derechosde propiedad intelectual.
EFE
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Un juzgado de Sevilla ha ordenadodevolver el llamado "canon digital" a un abogado que demostró queusó los CD's para copiar juicios, que son actos públicos, y por lotanto no los utilizó para reproducir obras protegidas por derechosde propiedad intelectual.

Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil 1 de Sevilla, condena a un comerciante a devolver al abogadoJoaquín Moeckel 1,12 euros, importe del "canon digital" de cuatro CDque, según demostró en el juicio, utilizó para reproducir otrastantas actividades judiciales. Según la sentencia, con ello "queda suficientemente acreditadoque el destino o uso final" de los CD no fue la copia privada, quees el objetivo del "canon digital" que, tras ser abonado alcomerciante, cobra la Sociedad General de Autores de España (SGAE).

Moeckel ha explicadoque, aunque esta sentencia se refieresolo a su reclamación concreta, podría aplicarse a todos losprofesionales de la Justicia como abogados o procuradores y a otrasramas como la Sanidad pública, que utilizan los CD para copiardocumentos de su trabajo que tienen carácter público.

Un canon que encarece el coste de la Justicia

El letrado, por ello, ha invitado "a la abogacía de toda España aque a partir de ahora no acceda al pago de un canon que encarece elcoste de la Justicia" y que se movilice para modificar unalegislación que "presume la ilegalidad de las actuaciones de losprofesionales".

Ha informado de que, en su caso, cada uno de los CD's le costó 0,45euros y el canon digital fue de 0,28 euros por cada uno, la mitaddel precio, lo que supone un total de 1,12 euros que el comerciantedonde compró los soportes, situado en la calle Zaragoza de Sevilla,ya ha depositado en el juzgado.

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil recuerda que laAudiencia Provincial de Barcelona acordó en septiembre de 2008elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de lasComunidades Europeas por tener dudas sobre "la aplicaciónindiscriminada del referido canon a empresas y profesionales queclaramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digitalpara finalidades ajenas a la copia privada".

Cita también un veredicto de la Audiencia de Málaga según el cualaunque la ley "presume" la compra de los soportes citados parareproducir obras protegidas, el ciudadano tiene derecho a presentarpruebas en sentido contrario y demostrar que lo ha utilizado "paraotro fin distinto a la causa de tributación".

En su demanda, Moeckel invocó una resolución de septiembre de2003 de la Comisión Permanente de Justicia del Consejo de laAbogacía Española en la que acordó pedir al ministerio de Justicia yal Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la supresión del canondigital en los CD usados para juicios orales, aunque hasta la fechatal petición no ha tenido resultado.

A juicio del abogado, al igual que algunas familias han decididoacogerse a fórmulas como la suspensión de pagos, los ciudadanospodrían presentar demandas similares a la suya y demostrar que nocompran los CD para copias obras protegidas sino para actos privadoscomo puede ser almacenar sus fotos familiares.

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