Un jurado popular declara a la auxiliar de clínica de Alcalá culpable de un asesinato

  • En relación a las otras dos víctimas, una de ellas fallecida y la otra no, el Jurado no ha encontrado pruebas suficientes.
Una auxiliar de clínica del hospital Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares, Beatriz L.D.
Una auxiliar de clínica del hospital Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares, Beatriz L.D.
EFE

Culpable de uno de los asesinatos. El Jurado Popular que ha seguido la vista oral por el caso de la auxiliar de enfermería de Alcalá de Henares en la Audiencia Provincial de Madrid ha alcanzado por unanimidad un veredicto de culpabilidad respecto a una de las víctimas, Consuelo. En relación a las otras dos víctimas, una de ellas fallecida y la otra no, el Jurado no ha encontrado pruebas suficientes y ha emitido un veredicto de no culpabilidad, también por unanimidad. En el primer caso, se trata de un delito de asesinato consumado. En el veredicto de no culpabilidad el Jurado ha debatido sobre la posibilidad de rebajar la calificación de asesinato a homicidio, pero por ocho votos contra uno, esta controversia ha sido desestimada.

Con la acusada presente y atenta a la lectura, el portavoz del Tribunal del Jurado ha leído esta mañana el veredicto de inocencia. Las partes habían sido citadas a las 11.30 horas a la Sala para escuchar el veredicto final tras estar deliberado desde la tarde del pasado lunes. Los miembros del Jurado son dos mujeres y nueve hombres.

La duda razonable se planteó en la última sesión del juicio al modificar el fiscal y las acusaciones su relato de los hechos en el sentido de que la enfermera pudo usar una máquina de oxígeno y no unas jeringuillas para dar muerte a sus presuntas víctimas, una circunstancia que no se habría investigado en la instrucción.

Sin embargo, el Jurado cree que este hecho no empaña las pruebas para destruir su inocencia en cuanto a uno de los asesinatos, al igual que opina el fiscal y las acusaciones. Los miembros del Jurado danpor probado que la auxiliar de enfermería introdujo el gas en el cuerpo de Consuelo, una de sus víctimas mortales, para "provocar su muerte". "A consecuencia, sufrió embolia que provocó su muerte como atestiguan médicos y peritos forenses", han señalado.

Por otro lado, el Jurado popular cree que hay indicios respecto a la muerte de la fallecida de 2015 pero sostiene que no tiene la fuerza para determinar que la procesada introdujera el gas.

Durante el juicio, la acusada defendió su inocencia e insistió en que a ella le gusta dar vida y no quitarla. "Beatriz, alias el ángel de la muerte" como se le ha apodado "no ha matado a nadie", sino que ha dado "vida y paz a sus pacientes", aseveró.

El Jurado Popular ha tenido que determinar si inyectó o no aire en el cuerpo de sus víctimas. El fiscal solicitó 40 años de cárcel por dos delitos, mientras que las acusaciones pedían prisión permanente revisable ante la vulnerabilidad de las afectadas.

En la última sesión, la vista oral dio un giro por completo al modificar el fiscal y las acusaciones su relato de los hechos antes las dudas de si la procesada uso jeringuillas o una máquina de oxígeno para dar muerte a sus víctimas. La causa de la muerte fue una embolia gaseosa masiva que no pudo ser accidental.

La defensa hizo uso de esta "duda razonable" para plantear más culpables, incluso apuntando a una posible "mala praxis" en el servicio de enfermería por el mal uso de utensilios y la hipótesis de que alguien pudo meter aire a los cadáveres.

"Solo se investigó a mi clienta porque se pensaba que el hecho se cometió con jeringuillas, lo que descartaba al resto de personas. El uso de oxígeno abre la posibilidad a otros culpables", aseveró el abogado de la procesada.

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