Una jueza obliga a un banco a devolver con intereses el pago de una "swap"

  • Una jueza de Blanes ha obligado a un banco a devolver con intereses a su cliente los pagos realizados desde 2008 por la contratación de una "swap" o pacto financiero para proteger hipotecas frente a subidas del tipo de interés.

Blanes (Girona), 6 jul.- Una jueza de Blanes ha obligado a un banco a devolver con intereses a su cliente los pagos realizados desde 2008 por la contratación de una "swap" o pacto financiero para proteger hipotecas frente a subidas del tipo de interés.

Según informa el abogado del cliente, Carlos Deutú, la entidad financiera ha tenido que retornar los 4.200,93 euros que había ingresado, más los intereses correspondientes, "a raíz de la opacidad del banco hacia su cliente y la desproporción de las partes en el contrato".

La sentencia llega después de que, el pasado febrero, la misma juez dictara, por primera vez en Girona, una medida cautelar que suspendía provisionalmente el pago de esta "swap" a la espera del juicio.

Además, la semana pasada, un juzgado mercantil de Barcelona planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronuncie sobre la legalidad de este tipo de productos bancarios.

La entidad condenada a pagar es el Banco Popular Espanyol, cuya oficina de Lloret de Mar había vendido la "swap" a Manuel Jiménez, quien había trabajado en el banco como portero durante más de treinta años.

El letrado Carlos Deutú, del despacho Frade Gobeo, ha explicado que el banco "no informó al señor Jiménez de nada, ni sobre el hecho de que si los tipos de interés bajaban las liquidaciones mensuales serían negativas y cuantiosas, ni sobre las consecuencias de una cancelación anticipada".

Según Deutú, la juez ya suspendió cautelarmente los efectos del contrato y las liquidaciones derivadas del mismo por entender que "el cliente podría verse privado de los medios económicos suficientes para vivir".

Los abogados de Frade Gobeo aseguran que la jurisprudencia concluye que la complejidad de este tipo de productos financieros requieren, por parte del banco, la obligación de dar absolutamente toda la información necesaria para que quien los contrata comprenda claramente el alcance de lo que firma.

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