Vivienda. Entran en vigor las nuevas medidas de apoyo a los hipotecados


El BOE publica hoy el real decreto ley aprobado por el Consejo de Ministros del pasado viernes para fomentar la protección social de los ciudadanos, la sostenibilidad de las finanzas públicas y la actividad empresarial.
Dicha norma incorpora, en materia de edificación y vivienda, una serie de medidas para impulsar la rehabilitación y reforzar la seguridad jurídica en el sector inmobiliario, además de las iniciativas de apoyo a los deudores hipotecarios.
Entre las medidas aprobadas por el Gobierno, que entran en vigor hoy, se encuentra elevar el límite mínimo por el que el acreedor puede adjudicarse el bien ejecutado del 50% actual al 60%.
Además, se elimina la posibilidad actual de que en determinados casos el acreedor pudiera adjudicarse el bien incluso por debajo de esos límites.
Se incrementa también la cuantía de los ingresos inembargables cuando, una vez ejecutada la hipoteca y vendido el bien, queda todavía un saldo vivo de deuda.
Si hasta ahora la cuantía inembargable se limitaba al salario mínimo interprofesional (SMI), más un 10% en el caso de estos deudores, ahora esa cuantía se elevará hasta el 150% del SMI. Es decir, de poco más de 700 euros hasta 960 euros.
REHABILITACIÓN
En cuanto a la rehabilitación, se impulsa lo que se entiende por rehabilitación en el medio urbano, que engloba actuaciones de conservación, mejora y regeneración urbana.
Para asegurar su buen estado y debida conservación, se establece como obligatoria una Inspección Técnica (ITE) de los edificios de uso residencial y más de 50 años, situados en los municipios de más de 25.000 habitantes, salvo que las comunidades autónomas fijen una antigüedad u estándares poblacionales distintos.
SILENCIO NEGATIVO
Por otra parte, se incluyen nuevas medidas para reforzar la seguridad jurídica en el sector inmobiliario que complementan las aprobadas en los últimos años para racionalizar las actuaciones sobre el territorio, combatir la especulación con el suelo y luchar contra la corrupción y el fraude.
Así, por ejemplo se establece el silencio negativo para que el retraso en la contestación de la administración municipal no permita obtener licencia sin previa supervisión administrativa.

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