Tráfico. Los conductores comunitarios residentes en españa deberán renovar su carné a partir del sábado


Más de un millón de conductores extranjeros comunitarios residentes en España deberán renovar su permiso de conducir a partir de este sábado, 19 de enero, de acuerdo con la nueva directiva sobre conducción que entrará en vigor en esa fecha, según recordó la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
Esta nueva directiva permite a los países de la Unión Europea (UE) establecer períodos de vigencia limitados a los titulares extranjeros de permisos que actualmente no tienen fecha de caducidad, como es el caso de los ciudadanos franceses o alemanes.
Con la nueva normativa, cada país de la UE obligará a los conductores extranjeros a renovar sus carnés en las mismas condiciones que los conductores nacionales a partir de los dos años en que adquieran la residencia en su territorio.
Automovilistas Europeos Asociados está desarrollando una campaña de información dirigida a automovilistas extranjeros, a fin de evitarles las sanciones de 200 euros que la Dirección General de Tráfico (DGT) impone a aquellos que circulen sin haber renovado su permiso.
Según AEA, la medida afectará a más de un millón de conductores comunitarios, especialmente rumanos, búlgaros, italianos, portugueses, alemanes, franceses e ingleses, que mayoritariamente residen en Cataluña (18%), Madrid (16%), Andalucía (15%), Valencia (14%), Canarias (6%) y Baleares (5%).
Hasta ahora estos automovilistas extranjeros vivían despreocupados en España sobre la obligación de renovar su permiso de conducir, a diferencia de los conductores españoles, que cada 10 o 5 años tienen que pasar por un centro de reconocimiento médico para renovar su carné.
IGUAL QUE LOS ESPAÑOLES
Sin embargo, a partir del 19 de enero esta situación cambia, ya que con independencia del país comunitario donde lo hayan obtenido y del periodo de vigencia por el que se les haya otorgado, todos los conductores tendrán que renovar su permiso de conducir en los mismos plazos, de acuerdo con la nueva directiva sobre el permiso de conducción.
Los trámites que deberán realizar los conductores extranjeros son idénticos a los de los nacionales. Es decir, cada 10 o cada 5 años -dependiendo de si se tiene más o menos de 65 años- deben acudir a un centro de reconocimiento médico autorizado aportando una fotografía para renovar su carné, con la particularidad de que conservarán en su poder el permiso de conducir original expedido en su país de origen.
A partir de ese momento, Tráfico les dará de alta en el censo de conductores de España y el conductor quedará sometido a los mismos plazos de renovación del carné y al régimen de puntos que cualquier otro conductor español.
Según indicó AEA, si bien la renovación del permiso de conducir va a ser obligatoria para todos los conductores comunitarios a partir de los dos años en que adquieran su residencia en España, pueden solicitar voluntariamente antes de esos dos años, si lo desean, el canje de su permiso de conducir comunitario por el equivalente español.
La ventaja que tiene esta opción es que Tráfico les expedirá un permiso de conducir español por un periodo de 10 o 5 años, sin necesidad del reconocimiento médico. Sin embargo, en este caso el permiso original a canjear sí hay que entregárselo a Tráfico para que lo remita a las autoridades del país de expedición.

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